Desde este viernes 10 de diciembre las personas que realicen actividad laboral de manera presencial tendrán que presentar su carné de vacunación con las dosis completas contra la COVID-19, así lo oficializó el Gobierno a través del Decreto Supremo Nº 179-2021-PCM.
La medida será para todas las personas mayores de 18 años que vayan ingresar a locales donde se desarrollan actividades económicas y de culto, en espacios cerrados, así como para los ciudadanos que realicen viajes aéreos e interprovinciales.
Sin embargo, las personas que realicen servicios de la actividad privada que no cuenten con la vacunación completa contra el nuevo coronavirus tendrán que trabajar bajo la modalidad de trabajo remoto.
En esa misma línea, los ciudadanos que sus labores no sea compatible con el trabajo remoto, se entenderán producido bajo el supuesto de suspensión del contrato de trabajo, sin goce de haberes.
Según el decreto, el Ministerio de Salud junto con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo podrán establecer supuestos de excepción y disposiciones complementarias, pero el ministro de Salud, Hernando Cevallos indicó que en el caso de los trabajadores del sector público que no cuenten con las dos dosis no podrán ingresar a laborar.
Cabe resaltar que esto está dispuesto en la Única Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia Nº 055-2021 y las disposiciones complementarias que emita el Minsa en coordinación con la Autoridad Nacional del Servicio Civil.
Asimismo, Cevallos expresó que la suspensión del contrato de trabajo expuesto en el decreto será temporal, hasta que el trabajador complete su vacunación.
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