Hasta el 31 de diciembre, todos los trabajadores pueden retirar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), pues como se recordará este dinero sirve como un fondo de contingencia para cuando finalice el vínculo laboral. Conoce AQUÍ cómo solicitar el retiro de la CTS en los distintos bancos.
Cabe destacar que las compañías están obligadas a entregar a cada trabajador la CTS porque si no se les impondrá una multa que va desde los S/198 hasta S/1.012; para las pequeñas empresas entre S/396 y S/9.900; y para las grandes empresas la multa mínima es de S/1.144 y la máxima de S/68.288.
El trabajador debe solicitar su CTS, por internet, a la entidad bancaria donde le depositan su sueldo para que se realice el desembolso a una cuenta del trabajador, o cooperativa de ahorro y crédito no autorizada.
La transferencia a la cuenta indicada del trabajador, en este caso del retiro total o parcial de la CTS, debe hacerse en un plazo no mayor de dos días hábiles, luego que se reciba la solicitud, esto descontando los sábados, domingos y feriados.
El dinero extra lo reciben todos los trabajadores formales de empresas privadas con una jornada mínima de 4 horas diarias que hayan laborado en la misma empresa durante los meses de mayo y octubre de este año, de acuerdo al DS 004-97-TR,
Cabe indicar que los trabajadores del régimen Registro Nacional de la Micro y Pequeña Empresa (REMYPE) también reciben CTS, pero solo al 50% del beneficio. También se les deposita a las trabajadoras del hogar que laboren una jornada mínima de 4 horas diarias.
La CTS se deposita dos veces al año en mayo y noviembre. Las empresas solo tienen hasta la quincena de este mes (HOY) para pagar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores.
Los trabajadores tienen que saber calcular la CTS para conocer cuánto les depositarán durante el año. No obstante, lo que usualmente pagan las empresas es el 50% del sueldo de octubre más un sexto de la gratificación recibida en julio.
Si la empresa donde trabajas no te ha depositado la CTS hasta HOY, 15 de noviembre, puedes acudir a la Sunafil y al Ministerio de Trabajo para denunciar a la compañía que omitió cumplir dicha obligación.
Anteriormente solo podías retirar de la cuenta de la CTS, el excedente a cuatro sueldos. Sin embargo, debido a la emergencia sanitaria declarada por el Gobierno por la COVID-19, se publicó una norma que permite el retiro del 100% hasta fin de año.
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