A un solo día de plazo que tienen las empresas para poder depositar la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) a sus trabajadores, te contamos todo acerca de este monto, que es depositado dos veces al año y que un tiene como finalidad proteger al trabajador para cuando su vínculo laboral finalice.
Por ello, en esta nota te daremos a conocer que es la CTS, quiénes son las personas que lo reciben, dado que aproximadamente 4 millones de trabajadores podrán recibir este monto en las próximas horas.
La CTS es un beneficio de previsión laboral que le otorga el empleador a sus trabajadores que se encuentran en planilla. Asimismo, es un beneficio social de previsión de las contingencias que origina el cese en el trabajo y de promoción del trabajador y su familia, por lo que tiene como finalidad la de constituir una suerte de “ahorro forzoso”.
Cabe resaltar que este beneficio nace bajo el Decreto Supremo 650 N°001-97-TR y lo reciben los trabajadores que se encuentran en planilla bajo el decreto legislativo N° 728.
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Las personas que reciben la CTS son aquellos que cumplen estos requisitos:
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De acuerdo al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE)esta permitido retirar la CTS el 100% o de manera parcial hasta el 31 de diciembre del 2021. El retiro de este beneficio incluye los intereses generados a la fecha de la solicitud del retiro.
Asimismo, la Asociación de Bancos del Perú indicó que los trabajadores tienen dos opciones el uso de la cuenta de CTS. La primera es retirar tu fondo cuando culmines tu relación laboral y la segunda, disponer el 100% de tus fondos durante el vínculo laboral vigente al cumplirse cuatro remuneraciones.
El trabajador puede hacer uso de este beneficio solicitando el desembolso a la entidad financiera en la que se encuentre su CTS mediante transferencia a una cuenta del trabajador, sea cuenta bancaria, cooperativa de ahorro y crédito no autorizada.
La forma para retiro lo puedes hacer vía remota por su plataforma web de la entidad financiera, luego de recibida la solicitud deberá efectuarse la transferencia a la cuenta que precise en un plazo no mayor a dos días.
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