Las grandes, medianas y pequeñas empresas tendrán que depositar este mes el pago de la Compensación por tiempo de Servicios (CTS) y solo lo podrán hacerlo hasta el 15 de noviembre. A continuación, te explicamos más detalles del depósito.
Cabe indicar que, los trabajadores aun trabajando pueden retirar el excedente de sus 4 sueldos brutos de su CTS, pero tras la aprobación de la Ley 31171 se permitirá retirar el 100% del monto hasta el 31 de diciembre.
La Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es un derecho laboral que tienen los trabajadores formales en el caso que se queden sin empleo. La CTS es una bonificación a la que pueden acceder como respaldo económico para cuando dejen de laborar en una empresa.
Cabe destacar que no todos los trabajadores reciben la CTS pues es un derecho de los que tienen contratos formales en el sector privado que cumplen con una jornada mínima de 4 horas al día. Asimismo, este derecho también es para los trabajadores del régimen REMYPE, otorgándoles el acceso al 50%.
Los que están excluidos son los trabajadores del sector público, los informales, los que emiten recibos por honorarios y los que laboren menos de 4 horas diarias.
Lo primero que debes hacer es contactar al banco donde recibes tu sueldo y tener a la mano tu DNI para que solicites la información requerida, luego puedes conocer cuánto dinero tienes a través de los canales digitales como la Banca Móvil BCP o las agencias a nivel nacional.
Estos son los pasos que debes seguir para ver tu estado de cuenta de la CTS en el Banco de Crédito del Perú:
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