En el mes de julio los trabajadores del sector público y privado les corresponde recibir la gratificación de Fiestas Patrias, de acuerdo a la ley 27735. Asimismo, más adelante se les otorgará un aguinaldo por Navidad antes de finalizar el año, pero ¿Cuándo lo pagarán y quienes lo recibirán?
De acuerdo a lo establecido en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2021, la bonificación para el sector público será de 300 soles y deberá ser entregado a los funcionarios y servidores nombrados y contratados bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo 276, Ley 29944 y Ley 30512.
También lo recibirán los docentes universitarios bajo Ley 30220, personal de salud bajo numeral 3.2 del artículo 3 del Decreto Legislativo 1153, obreros permanentes y eventuales del Sector Público, miembros de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional, además de pensionistas a cargo del Estado.
No obstante, para el sector privado les corresponde a los trabajadores contratados ya sea a tiempo indefinido, plazo fijo o tiempo parcial. En el caso de que el colaborador haya trabajado un semestre completo recibirá un sueldo entero.
Las empresas deberán de realizar el depósito en beneficio de los funcionarios y servidores del Estado hasta el 15 de julio. De la misma manera es el aguinaldo de Navidad que será el 15 de diciembre la fecha límite.
Si la empresa no realiza el respectivo depósito hasta esa fecha ideal, el trabajador tendrá derecho a realizar una denuncia ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil).
Asimismo, en caso la empresa no cumpla con sus obligaciones laborales, esta recibirá una multa que puede ir entre 500 y 420 mil soles, dependiendo del número de empleados que hayan sido afectados por esta falta y de la cantidad de infracciones que se hayan encontrado, según explico a Andina el abogado laborista Ricardo Herrera.
Si luego de establecida el estado de emergencia por la pandemia del coronavirus, al trabajador se le aplicó la suspensión perfecta de labores, se le debe abonar su gratificación proporcional teniendo en cuenta los días o meses laborados anteriores a la medida, pues recordemos que el vínculo laboral subsiste.
La gratificación equivale a una remuneración íntegra si el trabajador laboró desde enero a junio del mismo año. El monto a recibir dependerá de a cuánto ascendió su sueldo hasta el 30 de junio.
Asimismo, si el trabajador ingresó a laborar el 15 de enero de 2020, le corresponderá una gratificación proporcional por los días laborados de enero y los meses posteriores hasta junio, según el abogado Ivan Parédez Neyra.
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