El 4 de mayo, el Poder Ejecutivo publicó el reglamento del retiro de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). A raíz de ello, muchos trabajadores formales se preguntan cómo hacer la solicitud correspondiente para poder disponer del dinero.
Si eres una de las personas que desconoce cómo y dónde solicitar el retiro de tu CTS. En esta nota te diremos quienes podrán hacerlo y más detalles respecto a este desembolso extraordinario.
Los que podrán solicitar el retiro de la totalidad de su CTS son los trabajadores formales y lo realizarán enviando una solicitud a la entidad financiera de manera remota o virtual donde se encuentre su CTS.
Ellos podrán especificar si quieren hacer un retiro parcial o total del dinero de su CTS, así como la cuenta en la que desean recibir los recursos. Luego de que la entidad reciba la solicitud contará con un plazo máximo de dos días hábiles para efectuar la transferencia del dinero.
Cabe indicar que este procedimiento es distinto en los bancos del Perú, al igual que en las cajas de ahorro. Si quieres revisar en dónde tienes tu CTS has clic AQUÍ.
Los trabajadores del sector privado con cualquier régimen laboran pueden solicitar el retiro de su CTS pues ellos reciben este beneficio. Al igual que los trabajadores de planilla de las micro, pequeñas, medianas y de la gran empresa. También los trabajadores de las empresas del Estado sujetos al régimen laboral privado que tiene derecho a percibir la CTS. De igual manera, los colaboradores del sector público sujetos al régimen laboral privado, con derecho a percibir CTS.
La norma que fue aprobada por el Congreso de la República y luego promulgada por el Ejecutivo establece que se podrá solicitar el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre de 2021.
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