El Poder Ejecutivo oficializó el reglamento del retiro del 100% de la Compensación de Tiempos de Servicios (CTS), luego que indicar que dicha Ley no se observaría para que pueda ser utilizada por los ciudadanos y puedan afrontar la pandemia que se vive en el país por la COVID-19. Sin embargo, existen ciudadanos que no saben si podrán acceder a este beneficio, en esta nota te lo contamos.
Según Decreto Supremo Nº 010-2021-TR, las personas con las siguientes características laborares podrán acceder, libremente, a sus montos depositados en entidades financieras.
Cabe señalar que el pasado 4 de mayo, el Poder Ejecutivo publicó el reglamento del retiro del 100% de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS), luego que el Ejecutivo anunciara que no observaría la ley aprobada por el Congreso de la República. Asimismo, esta medida se anunció en el marco de la crisis económica que atraviesa el país, en la cual miles de familias vienen siendo afectados de diferentes formas por la pandemia y el avance del nuevo coronavirus que ha enlutado a muchas familias
Recuerda que para saber si tienes CTS debes haber trabajado en planilla, luego verificar en qué banco te depositaron tu remuneración, pues comúnmente siempre este dinero se deposita en la misma entidad bancaria.
¿Cómo saber si tengo CTS por cobrar en bancos del Perú? Para conocer el monto de tu CTS tienes que contactar al banco o a la entidad financiera en la que tu empresa te deposita tu sueldo como BCP o quizá BBVA. Además, con tu DNI podrás solicitar esta información vía banca telefónica u online.
El proyecto de ley del Congreso señala que los trabajadores pueden realizar el retiro de la CTS hasta el 31 de diciembre y tras la conferencia de prensa de Violeta Bermúdez donde anunció que no sería observada por el Ejecutivo, todos los peruanos están atentos al procedimiento que debe ser confirmado hasta el 4 de mayo.
Para calcular cuanto te depositan tu CTS debes de tomar en cuenta tu sueldo mensual, luego sumarle 1/6 de tu gratificación (divide tu gratificación entre seis). El resultado divídelo entre 360 y por último multiplíquelo por los días laborados. El resultado final será lo que te depositarán.
Como se sabe, la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) es como un ahorro que el empleador entrega al trabajador que se encuentra en planilla y tiene como fin proteger a este último cuando la relación laboral finaliza.
Lo primero que debes hacer es contactar al banco o entidad financiera en la que la empresa te depositaba tu sueldo. Con tu DNI puedes solicitar esta información vía banca telefónica u online y debes de evitar acudir a las agencias para evitar cualquier posibilidad de contagio.
La Compensación por Tiempo de Servicio es un beneficio es un beneficio social que entregan las empresas privadas a sus trabajadores que cumplan con una jornada mínima de 4 horas y sirve como un fondo de contingencia cuando se realice el cese de una relación laboral.
Actualmente, si decides retirar el excedente, deberás de comunicarlo a tu empleador con el fin de que este informe a la entidad financiera. Ellos tendrán un plazo de tres días para realizar el trámite correspondiente en el banco.
Si la empresa en la que estás laborando no te deposita la CTS podrían ser expuestos a una multa. No obstante, debes recordar que no muchos trabajadores tienen acceso a ella y el monto a recibir varía según el tipo de empresa y el tiempo de labores.
En conferencia de prensa, la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez, anunció que no observarán la autógrafa de ley pese a que días previos el MEF se mostró en contra de su promulgación.
Este beneficio laboral es depositados por el empleador dos veces al año, en mayo y en noviembre. Asimismo el monto de la CTS varía según el régimen laboral de la empresa, que puede ser micro, pequeña, mediana y gran empresa.
Según el proyecto de ley aprobado por el Congreso, la fecha límite para poder retirar tu CTS es hasta el 31 de diciembre del 2021.
La presidenta del Consejo de Ministro, Violeta Bermúdez se pronunció sobre el retiro del 100 % de la CTS e indicó que se tomó esta medida para aquellas personas que de verdad lo necesiten en este tiempo de pandemia.
“En relación a la CTS, nosotros hemos decidido promulgar esta norma que libera de manera excepcional hasta el 100 % la compensación por tiempo de servicios durante este año, con el propósito fundamental de que aquellas personas que necesiten utilizar estos recursos, puedan disponer de ellos dado el momento de crisis”, mencionó la premier.
Para saber si tienes tu CTS en el Banco de Crédito del Perú deberás llamar al (01) 311-9898 su banca por teléfono, la cual atiende de lunes a sábado de 9 a.m. a 4 p.m. Asimismo, también puedes ir a sus oficinas ubicadas a nivel nacional de lunes a viernes de 9 a.m. a 5 p.m. y los sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
En el caso del BBVA puedes llamar desde tu celular o un teléfono fijo al (01) 595-0000. Asimismo, el horario de atención en las oficinas a nivel nacional es de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 6:00 p.m. y sábados de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.
Diversos ciudadanos aún no saben cómo hacer el retiro del 100% en los bancos y cajas municipales que hay en el país, entrando a este enlace podrás conocer todos los detalles del retiro.
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