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Denuncias de violencia contra la mujer podrán presentarse por medios tecnológicos

Modificación del artículo 15 de la ley que sanciona la violencia contra la mujer establece el uso de medios tecnológicos para la presentación de denuncias.

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Denuncias de violencia podrán realizarse por medio virtual. | Antonio Melgarejo Yaranga | GLR

En el diario oficial El Peruano ha salido una modificatoria al artículo 15 de la Ley 30364, "Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar", en la cual se establece el uso de medios tecnológicos para la presentación de denuncias. Es decir, a través de medios virtuales las mujeres víctimas de violencia podrán realizar sus denuncias.

La norma reza de la siguiente forma: "La denuncia puede presentarse por escrito, verbalmente o a través de canales virtuales, correos electrónicos, aplicaciones de mensajería instantánea o cualquier otro medio tecnológico que para este efecto se disponga, ante la Policía Nacional del Perú, las fiscalías penales o de familia y los juzgados de familia".

Asimismo, se menciona que en los lugares donde no existan estos últimos también puede presentarse ante los juzgados de paz letrado o juzgados de paz. "Cuando se trata de una denuncia verbal, se levanta acta sin otra exigencia que la de suministrar una sucinta relación de los hechos", agrega.

En ese sentido, señala que la denuncia puede ser interpuesta por la persona perjudicada o por cualquier otra en su favor, sin necesidad de tener su representación. "También puede ser interpuesta por la Defensoría del Pueblo. No se requiere firma de abogado, tasa o alguna otra formalidad", se señala en El Peruano.

También, señala que para interponer una denuncia no es exigible presentar resultados de exámenes físicos, psicológicos, pericias de cualquier naturaleza o mostrar huellas visibles de violencia.

"Si la víctima o denunciante cuenta con documentos que sirvan como medios probatorios, estos se reciben e incluyen en el informe de la Policía Nacional del Perú, del Ministerio Público o en el expediente del Poder Judicial”, establece.

MINJUSDH felicita modificación

A través de su cuenta de Twitter, el ministerio de Justicia y Derechos Humanos saludó la publicación de la Ley Nº 31156, que habilita el uso de medios tecnológicos para realizar la denuncia de violencia contra la mujer e integrantes del grupo familiar.

"Desde el MINJUSDH, saludamos la publicación de la Ley N.º 31156, que habilita permanentemente el uso de canales tecnológicos para denunciar hechos de violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar", se lee en su publicación.

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