La Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó con 10 votos a favor el retiro de hasta 4 UIT de las AFP; es decir, hasta S/ 17,600 de los fondos. De ser aprobada en el Pleno, las personas que deseen aplicar a está iniciativa deberán cumplir con ciertos requisitos.
Por otro lado, esta medida no ha tenido la aprobación de todos los sectores. La Asociación de AFP señaló que más de cuatro millones de peruanos quedarían sin dinero en sus fondos, mientras que el presidente del BCR, Julio Velarde, señaló de irresponsables los proyectos aprobados por dicha comisión debido a que no han medido los efectos colaterales y a largo plazo.
De acuerdo al proyecto de ley aprobado por la Comisión de Economía, los afiliados mayores de 40 años que no registren aportes acreditados durante los últimos cinco años podrán retirar hasta el 95,5% de sus fondos de AFP.
Se trata de un retiro excepcional facultativo y debes de tener en cuenta que este beneficio no aplica a quienes califiquen al Régimen de Jubilación Anticipada por Desempleo.
Si el Pleno aprueba dicha iniciativa, los afiliados podrán presentar su solicitud de retiro de fondos de forma remota luego de 90 días calendario de promulgada la ley. De acuerdo a proyectos anteriores, el desembolso de 1 UIT se realizará cada mes, es decir S/4,400. Cada 30 días se recibiría el monto total de desembolso solicitado.
La jubilación adelantada fue aprobada por la Comisión de Trabajo del Congreso, donde autoriza que las personas que se encuentren desempleadas puedan acceder al régimen de jubilación al cumplir los 50 años de edad.
De cumplir con los requisitos, podrán solicitar hasta el 95.5% del fondo de sus AFP. Cabe señalar que este monto será intangible; es decir, no podrá ser retenido ni embargado a menos que tenga deudas alimentarias.
Actualmente existen cuatro AFP en el mercado y si formas parte del Sistema Privado de Pensiones es probable que pertenezcas a la AFP que ganó la licitación al momento de tu afiliación. Para que conozcas a cuál estás afiliada sigue estos pasos.
En el caso de que no tengas una cuenta en la web
El dígito verificador se encuentra en el Documento Nacional de Identidad (DNI). Este dígito se encuentra en la esquina superior derecha del documento, después de los ocho números que constituyen tu DNI, como aparece en la imagen que ves a continuación.
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