Waldo Menfoza, ministro de Economía, indicó que el monto límite para que la Sunat acceda a la información de cuentas bancarias será de S/ 30 800 y ya no S/ 10,000.
La modificación se realizará en los próximos días. Además, la información bancaria ya no será revisada de manera mensual sino semestral.
"Esta semana publicaremos un decreto supremo haciendo algunos ajustes (…) Nos parece más razonable y eso fue por escuchar al sector privado con el que siempre hay que dialogar", indicó Mendoza.
Cabe señalar que el nuevo monto establecido equivale a 7 UIT, que es la cantidad máxima de ingresos anuales sobre los que se exonera al pago del impuesto a la renta de trabajadores con recibos por honorarios y planilla (4ta y 5ta categoría).
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El organismo técnico, Sunat, podrá realizar verificaciones y detectará posibles inconsistencias que puedan constituir indicios razonables de evasión o elusión tributaria.
Con la nueva modificación, el número de personas reportadas pasa de 1.8 millones a 800,000 aproximadamente.
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