La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó el procedimiento operativo que permitirá que los afiliados de la Asociación AFP puedan acceder al retiro de sus fondos durante la pandemia, mediante la Resolución N° 2979-2020. Este sábado, la entidad publicó todos los detalles sobre la solicitud que se debe presentar para hacer el cobro de hasta 4 UIT, según la Ley N.° 31068.
Sobre el grupo de afiliados que harán el retiro excepcional por salud (enfermedades oncológicas), los plazos y el monto a retirar serán publicados próximamente, según la SBS.
Según el procedimiento operativo de la SBS, se podrá retirar 1 UIT (S/ 4 300), y hasta 4 UIT (S/ 17 200) de acuerdo a los requisitos que cumpla cada afiliado.
El desembolso para los afiliados que no cuenten con acreditación de aportes obligatorios por al menos 12 meses consecutivos harán el retiro de la AFP de la siguiente manera:
En tanto, para los afiliados que solo pueden hacer el retiro excepcional facultativo de hasta 1 UIT, la norma dispone que la AFP realice la entrega en una sola armada en un plazo máximo de 30 días calendario.
Todas solicitudes para el cobro de 4 UIT de la AFP serán desde el 9 de diciembre, anunció la SBS mediante la publicación del procedimiento operativo. El plazo máximo para presentar el pedido de retiro será hasta el 9 de marzo del 2021.
Como se sabe, el afiliado deberá ingresar su solicitud conforme a los canales y formatos que establezca la AFP, debiendo esta dar respuesta bajo algún medio que permita guardar constancia de su pedido.