El acoso sexual a través de las redes sociales se ha vuelto un problema en nuestra sociedad y eso se ve reflejado en los reportes del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) del 2019, donde indica que un total de 963 casos han denunciado el acoso virtual.
Asimismo, las personas manifestaron que las plataformas donde fueron víctimas de este tipo de violencia de género fueron mediante Facebook (73%), WhatsApp (40%), mensajes de texto (24%) y Instagram (19%).
Por ello, si te encuentras actualmente atravesando por esta difícil situación aquí te mostramos cómo afrontar este tipo de situación y donde denunciar el acoso virtual.
Según el MIMP, en la página oficial de “No al acoso virtual” indican que si la persona es víctima de ‘ciberacoso’ o ‘acoso cibernético’ lo primero que tendrá que hacer es mandar una alerta y dejar una constancia del presunto acoso. Aquí podrás presentar tu denuncia.
Asimismo, tendrás que guardar información como: “correos electrónicos, chats de WhatsApp, mensajes de voz, páginas de internet”, que te servirán en caso decidas hacer un proceso judicial.
“Las alertas hacen visible el acoso como un problema que afecta la relación entre las personas y vulnera sus derechos fundamentales. Esta información será la evidencia para que el Estado formule y desarrolle políticas públicas para prevenir, atender a las víctimas y sancionar el delito”, señala el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables en la página ‘No al acoso virtual’.
El MIMP indica que todas las víctimas de este delito podrán registrar el hecho en la plataforma “No al acoso virtual”, donde pondrán sus datos personales como la edad, sexo, identidad de género, domicilio, si en caso tengas los datos del acosador también podrás adjuntarlo, el tiempo del acoso virtual y el medio virtual en que ocurrió la agresión.
Asimismo, podrás adjuntar diversas capturas de la conversaciones, fotos o enlaces en la página web elaborada por el Ministerio de la Mujer. Incluso, la denuncia podrá ser presentada también en la División de Alta Tecnología de la Policía Nacional del Perú.
Cabe resaltar el Decreto Legislativo N°1410, publicado el 12 de setiembre en el 2018, manifiesta que el “Acoso, acoso sexual, chantaje sexual y difusión de imágenes, materiales audiovisuales o audios con contenido sexual", son delitos penalizados hasta con ochos años de cárcel.