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Pase laboral [LINK]: Cómo solicitar y renovar tu pase personal de tránsito

Conoce cómo solicitar tu pase de libre tránsito durante la cuarentena dictada por el gobierno. También sigue el paso a paso para su renovación.

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RENOVAR PASE LABORAL | El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa son los encargados de verificar que se cumplan las normas dictadas por el Gobierno durante el Estado de Emergencia. Asimismo, solo pueden desplazarse por la ciudad las personas que vienen cumpliendo actividad esenciales, pero para ello deben de portar su pase de libre tránsito.

Las personas que soliciten este documento deben renovar el pase cada cuatro días para evitar ser multados en los operativos que se realizan diariamente en las calles. A continuación, conoce los pasos para tramitar el pase laboral.

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Conoce se recuerda, estas medidas se han dictado luego de la rápida expansión del coronavirus en nuestro país. Por ello, también se han puesto una serie de normas que deben ser cumplidas, sino la PNP puede aplicar multas a los ciudadanos.

¿Cómo solicitar pase personal laboral del Gobierno?

Ingresa al link gob.pe/paselaboral/request_new y coloca tu tipo de DNI, el número y finalmente la fecha de emisión.

Luego deberás completar tus datos personales como tu nombre, apellidos, el distrito de tu domicilio, tu teléfono móvil, tu correo electrónico.

No olvides de colocar el motivo de tu pase, los datos de la empresa de trabajo como tu ocupación, el lugar donde laboras, el número RUC y la placa de tu vehículo por si usarás un auto para trasladarte a la empresa donde laboras.

¿Cómo renovar el pase laboral?

Dirigirse al link gob.pe/paselaboral/buscar e ingresar el número de su DNI y ubicar su pase.

Luego de ubicar su pase y sin necesidad de llenar ningún campo, escoger directamente la opción “renovar pase”, que se encontrará al final de la página.

Una vez ahí, ingresarán el número de celular que indicaron cuando solicitaron el pase N° 1 y también la fecha de emisión de tu DNI.

Dar click en “Renovar” y automáticamente se generará su siguiente pase.

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El pase personal laboral será portado impreso y/o como captura de pantalla completa en el teléfono celular junto con el DNI y el fotocheck de la entidad o empresa para ser mostrado obligatoriamente a requerimiento de la Policía Nacional o las FFAA.

¿Hasta cuándo rige el estado de emergencia por el brote del coronavirus?

El Gobierno peruano decretó que el estado de emergencia durará hasta el 24 de mayo de 2020. Según la declaración, las personas que quieran desplazarse a su centro de trabajo, deberán contar con un pase único laboral, siempre y cuando laboren en centros de salud, bancos, farmacias, grifos, medios de comunicación, centrales telefónicas, abastecimiento de productos de primera necesidad, limpieza pública, hoteles y centros de alojamiento.

Conoce cuáles son las multas por incumplir la cuarentena

A continuación, el monto de las multas de acuerdo a cada infracción administrativa:

  • Desarrollar actividades económicas no consideradas de prestación y acceso esencial previstas en el artículo 4 del Decreto Supremo N° 044-2020-PCM: (S/ 301 - 7% UIT)
  • Circular por la vía pública para la realización de actividades que no cumplen labores específicas en actividades esenciales: (S/ 215 - 5% UIT)
  • Circular por la vía pública sin contar con el respectivo pase personal laboral, en caso corresponda: (S/ 258 - 6% UIT)
  • Circular con vehículo de uso particular sin la autorización emitida por el Ministerio de Defensa o el Ministerio del Interior: (S/344 - 8% UIT)
  • No respetar la inmovilización social obligatoria desde 18:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente a nivel nacional, y desde las 16:00 horas hasta las 04:00 horas del día siguiente en los departamentos de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Loreto u otro horario que por norma especial se establezca: (S/430 -10% UIT)
  • No respetar la inmovilización social obligatoria durante todo el día el día domingo, durante el tiempo que dure el Estado de Emergencia Nacional, u otros días que por norma especial se disponga: (S/387 - 9% UIT)
  • Desarrollar actividades sociales, recreativas, culturales, religiosas de aglomeración o concurrencia masiva o no masiva en la vía pública: (S/ 387 - 9% UIT)
  • Circular por la vía pública sin usar la mascarilla de uso obligatorio: (S/ 344 - 8% UIT)
  • Salir más de una persona por familia, para la adquisición de víveres o productos farmacéuticos: (S/ 215- 5% UIT)
  • No respetar el mínimo de un metro de distancia obligatorio, formando aglomeraciones en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida: (S/86 -2% UIT)
  • No contar o rehusarse a cumplir con la identificación dispuesta por los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas: (S/430 -10% UIT)