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Coronavirus en Perú: Mayores de 65 años que deseen trabajar deberán firmar declaración jurada

Grupo poblacional mayores de 65 años son considerados de riesgo en el marco de la emergencia sanitaria por el nuevo Coronavirus.

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Mayores de 65 años, trabajarán previa firma de declaración jurada

Como parte de las nuevas medidas de la ampliación del Estado de Emergencia Nacional que buscan evitar la propagación del Covid-19, el Gobierno anunció que los empleados considerados grupos de riesgo (mayores de 65 años), podrán trabajar de manera física, previa declaración jurada en la que asume la responsabilidad por su estado de salud.

Mediante el D.S. Nº 083-2020-PCM se señala que dicho grupo poblacional son aquellas personas que presenten características asociadas a complicaciones a mayor riesgo de contraer el Covid-19; esto es, las personas mayores de 65 años y quienes cuenten con conmorbilidades (presencia de uno o más transtornos) como hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer y otros.

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La norma añade que en este caso se prioriza su prestación bajo la modalidad de trabajo remoto, pero quien desee trabajar o prestar servicios de manera presencial en las actividades autorizadas, podrán suscribir una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria, conforme a las disposiciones que emita el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), en coordinación con la cartera de Salud.

En ningún caso se podrá ejercer algún tipo de coacción para la firma de este documento, lo que incluye, pero no limita, supeditar la firma respectiva a que se mantenga el vínculo laboral o la prestación de servicios, señala la disposición.

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Según el abogado laboralista, César Puntriano, esta norma no solo modifica la composición del grupo de riesgo, extendiendo la edad para formar parte del mismo a más de 65 años, sino que también permite que aquellos pertenecientes a esta situación, que deseen trabajar suscriban una declaración jurada de asunción de responsabilidad voluntaria y con ello se libere al empleador.

En ese sentido, reveló que con la publicación del D.S. Nº 083-2020-PCM el panorama laboral cambia en lo que respecta la atención de los grupos de riesgo.

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Decreto Urgencia

El D.U. Nº 026-2020 dispuso que los trabajadores comprendidos en el grupo de riesgo realizarán obligatoriamente trabajo remoto o, si no fuese posible, gozarán de una licencia con goce de haberes compensable. Además, el Minsa señaló que formaban parte de esta población, las personas mayores de 60 años.