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Ministerio de Salud: Empresas deberán realizar pruebas de descarte del COVID-19 a sus trabajadores

El Ministerio de Salud estableció el protocolo que deberán seguir las empresas que deseen reiniciar sus actividades en el marco de la crisis a causa del coronavirus.

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Dicho protocolo ha sido denominado “Plan para la vigilancia, prevención y control del coronavirus en el centro de trabajo”.

Desde el Ministerio de Salud han decidido implementar el “Plan para la vigilancia, prevención y control del coronavirus en el centro de trabajo”, un protocolo sobre las medidas que deben seguir las empresas que deseen reiniciar sus actividades en el marco de la crisis generada a causa del COVID-19.

En esa misma línea este documento indica la forma en que serán clasificadas las empresas según el nivel de riesgo en su exposición al contagio de la pandemia conocida como coronavirus. Estas son las siguientes:

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Riesgo bajo de exposición: Trabajadores que no mantengan contacto con las personas en general, ni contagiadas ni sospechosas de tener el virus.

Riesgo mediano de exposición: Trabajadores que atiendan al público en general.

Riesgo alto de exposición: Personas que trabajen en funerarias o brinden servicios de limpieza y que tengan contacto con personas sospechosas del COVID-19.

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Riesgo muy alto de exposición: Especialistas del sector salud que tengan relación directa con pacientes infectados por esta enfermedad.

Asimismo, se dio a conocer que las empresas deberán realizare de forma obligatoria las pruebas de descarte del coronavirus a todos sus trabajadores, excepto a quienes estén en riesgo de baja exposición. De la misma manera, las empresas que ya han reiniciado sus actividades durante el Estado de Emergencia deberán adaptarse a este protocolo de salud.