El Tribunal Constitucional declaró infundada la demanda para declarar inconstitucional la corrida de toros y pelea de gallos y actividades similares. La Ley de Protección y Bienestar Animal continuará tal y como estuvo establecida.
El TC debate hoy la ponencia sobre la constitucionalidad de la corrida de toros, pelea de gallos y otras actividades de carácter ‘cultural’, que ha sido cuestionada por más de 5 mil ciudadanos por medio de la demanda N.° 00022-2018-PI/TC.
Los demandantes piden que se declare inconstitucional una disposición complementaria de la Ley N.° 30407, Ley de Protección y Bienestar Animal. Dicha disposición excluye de protección a la tauromaquia, gallística y otras actividades.
LEE MÁS: Dos policías matan a un cachorrito en plena calle y son criticados en redes [FOTO Y VIDEO]
En este marco, el TC debate este 25 de febrero sobre la inconstitucionalidad contra esta ley, en el cual debe tomar en consideración 11 criterios.
Entre ellos, la consideración de mantener un régimen de protección legal contra el maltrato animal y crueldad innecesarias, además, de la dignidad animal, en su condición de seres sintientes.
En la Ley de Protección y Bienestar Animal, en su artículo 3, se establece “que la ley tiene por objeto proteger la vida y la salud de los animales vertebrados, domésticos o silvestres mantenidos en cautiverio, impedir el maltrato, la crueldad, causados directa o indirectamente por el ser humano, que les ocasiona sufrimiento innecesario, lesión o muerte; reconociendo la mencionada ley a los animales vertebrados como seres sensibles, prohibiendo actos de violencia y crueldad en su contra y sancionado estas conductas”.
MIRA TAMBIÉN: Meten a la cárcel a hombre que le arrancó el ojo a una perrita
Sin embargo, contradictoriamente, en esta ley no se aplica para la corrida de toros, peleas de gallos y otros.