Fonavi: Tribunal Constitucional declara fundada en parte demanda contra la ley de devolución del dinero

Conoce lo que determinó el Tribunal Constitucional con respecto a la demanda realizada por el Poder Ejecutivo ante la ley de la devolución del Fonavi.  

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Conoce lo que indica el TC sobre la demanda a la devolución del Fonavi.
Conoce lo que indica el TC sobre la demanda a la devolución del Fonavi. Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

Te explicamos por qué el Tribunal Constitucional declara fundada en parte demanda contra la ley de devolución del dinero. El Tribunal Constitucional (TC) emitió su fallo a la demanda impuesta por el Poder Ejecutivo al Congreso de la República por la Ley 31173, que busca garantizar la Ley 29625, que se enfoca en la devolución de dinero del Fonavi a los empleados.

A continuación te mostraremos lo que declaró el Tribunal Constitucional en relación a la demanda a la ley de devolución del Fonavi hecha por el Poder Ejecutivo.

Dentro de la nota:

  • ¿Qué determina el Tribunal Constitucional sobre la demanda contra la devolución del Fonavi?
  • ¿Qué puntos declaró fundado el Tribunal Constitucional sobre la demanda contra la devolución del Fonavi?
  • ¿Qué aconseja el Tribunal Constitucional al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República?

¿Qué determina el TC sobre la demanda contra la devolución del Fonavi?

Los magistrados que conforman el Tribunal Constitucional decidieron que los fonavistas deberán recibir solamente los aportes que realizaron, y no los que efectuaron sus empleadores.

Los aportantes demandan al Fondo Nacional de Vivienda (Fonavi) que se les entregue el total, monto que asciende a S/. 42 millones, según lo estima el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), aunque con la determinación del TC solo tendrán que devolver S/. 6.000 millones.

Conforme al documento se declaró fundada la demanda de inconstitucionalidad en los puntos que te mostramos a continuación:  

¿Qué puntos declaró fundado el TC sobre la demanda contra la devolución del Fonavi?

El Tribunal Constitucional declaró fundada la demanda por parte del Poder Ejecutivo en los siguientes puntos: los artículos 4, 7 y la primera disposición complementaria final de la ley 31173; en el inciso "b" que corresponde al artículo 2, extremo en el que dispone " y los efectuados por sus empleadores, incluido el Estado y otros", y en lo que corresponde que se permita agregar a personas que hayan sido beneficiadas directa o indirectamente de los recursos del Fonavi.

También, en lo referido al artículo 6, en el extremo relativo a la transferencia a la Comisión Ad Hoc de la administración de entidades que se hayan constituido con recursos del Fonavi; la Segunda Disposición Complementaria Final, en el extremo que dispone que “la presente Ley no requiere reglamentación”; el artículo 3 de la Ley 31173 y, por conexidad, el artículo 2 de la Ley 31454.

¿Qué aconseja el Tribunal Constitucional al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República?

El Tribunal Constitucional exhortó, tras la decisión a la demanda, al Poder Ejecutivo y al Congreso de la República, que en estricta cooperación en el ámbito de sus respectivas competencias, puedan implementar todas las medidas correspondientes para continuar con el proceso de devolución de los aportes a los que contribuyeron al Fonavi.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.

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