Retiro AFP: ¿cuándo se aprobaría la ley para retirar hasta 19 mil 800 soles de los fondos de pensiones
Conoce AQUÍ cuándo se debatirá los proyectos de ley en el Congreso de la República, para aprobar el retiro de hasta 19 mil 800 soles de la AFP.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Yape remata smart TV de alta gama desde S/295 en marcas Samsung, Sony, LG y más: LINK para comprar
- ¿Qué celulares se quedarán sin WhatsApp en noviembre 2024? Revisa la lista oficial AQUÍ
Te explicamos el panorama actual de cada proyecto de ley que busca el retiro voluntario de la AFP. Estas propuestas han tenido un apoyo por parte de las personas interesadas en poder retirar sus aportes, debido al incremento de algunos productos de primera necesidad como también las consecuencias económicas de la crisis política y social que está afectando al país.
En la siguiente nota, conoce cuándo se aprobarían estos proyectos de ley en el Congreso de la República.
PUEDES VER: ONP 2023: afiliados podrán sacar préstamos de hasta 40 mil soles del Banco de la Nación, cómo solicitarlo
Podrás ver dentro de la nota:
- ¿Cuándo se aprobaría los proyectos de ley que permitan el retiro de hasta 19 mil 800 soles de la AFP?
- ¿Cuántos proyectos de ley existen para el retiro de la AFP?
- ¿Cuál es la postura del Poder Ejecutivo ante estos proyectos de ley?
- ¿En qué consiste la Ley 31670?
- ¿Cómo se realizaría el retiro de la AFP?
PUEDES VER: Corte de agua hoy 15: mira los horarios y zonas afectadas en La Molina, SJL y otros distritos
¿Cuándo se aprobaría los proyectos de ley que permitan el retiro de hasta 19 mil 800 soles de la AFP?
Existen dos proyectos de ley que buscan el retiro voluntario de los aportantes del sistema privado de pensiones, sin embargo, todas las propuestas todavía se encuentran en la Comisión de Economía del Congreso, esperando la aprobación de la primera instancia. Luego que se apruebe dentro del equipo de trabajo, pasará al pleno para ponerse en debate para su aprobación y luego enviarlo al Ejecutivo.
¿Cuántos proyectos de ley existen para el retiro de la AFP?
Actualmente, existen dos proyectos los cuales son el proyecto de ley N° 04190 y N° 04190, ambos relacionados al retiro voluntario y extraordinario de la AFP. La primera propuesta de ley fue presentada por el congresista de Perú Bicentenario, Víctor Cutipa, mientras que el segundo fue presentado por Digna Calle de Podemos Perú.
¿Cuál es la postura del Poder Ejecutivo ante estos proyectos de ley?
El ministro de Economía y Finanzas, Alex Contreras Miranda, considera que estos proyectos de ley podrían tener un impacto negativo para los afiliados en un futuro no tan lejano.
“Mi visión es que sería la peor medida. No solamente impactaría en los afiliados, impactaría en el país, en la capacidad de poder financiar justamente toda la infraestructura que queremos financiar. Va a impactar también en la capacidad de ahorro del país, porque a largo plazo lo que se invierte en el país depende mucho tanto del ahorro interno como el ahorro externo”, afirmó Miranda en una entrevista en Punto Final.
¿En qué consiste la Ley 31670?
Esta norma busca establecer una pensión mínima y brindar alternativas para los aportes voluntarios de los afiliados, con cargo a la devolución de impuesto a la renta de cuarta y quinta categoría, o devolución de cualquier otro tributo o saldo a favor a nombre del afiliado.
¿Cómo se realizaría el retiro de la AFP?
- Los afiliados deben presentar su solicitud de forma remota, virtual o presencial, por única vez dentro de los 90 días calendario posteriores al inicio de la vigencia de la norma.
- En caso de que el afiliado desista de retirar los fondos de su cuenta individual de capitalización, podrá solicitarlo por única vez a la administradora privada de fondos de pensiones, 10 días antes del desembolso respectivo.
- Primer desembolso de hasta 1 UIT (S/4.950): en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
- Segundo desembolso de hasta 1 UIT (S/4.950): en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
- Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT (S/9.900): en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.
Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.