¿Cuánto dinero tiene que dar EsSalud a la familia de la persona que fallece para gastos funerarios?
Conoce cuál es el monto que tendría que desembolsar EsSalud, a la familia del asegurado fallecido, a causa de la prestación por sepelio.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Metro REMATA miles de productos desde S/4.90: cómo acceder a la oferta y qué sedes participan
- La única región del Perú que sufrirá descargas eléctricas, lluvias intensas y más en este 2024, según Senamhi
EsSalud cuenta con un Seguro Social de Salud en el que se encuentran afiliados de manera obligatoria todos los trabajadores activos que desempeñan sus funciones bajo relación de dependencia o, incluso, como socios de cooperativas de trabajadores. En esta nota conocerás cuánto dinero recibirá la familia de la persona que fallece por los gastos funerarios.
Para saber si estás asegurado puedes ingresar a www.essalud.gob.pe. Luego, dar click a la sección ¿Dónde me atiendo? Ubicado en la parte inferior izquierda. Paso siguiente, ingresar los datos del asegurado (nombres y apellidos) o el tipo y número de documento de identidad. Para finalizar, presione el botón consultar.
¿Cuánto dinero tiene que dar EsSalud por los gastos funerarios?
El dinero que otorga EsSalud es para el beneficiario que haya realizado los gastos funerarios, ante el fallecimiento de un asegurado titular. El monto que se entrega es de S/. 2,070.
¿Qué cubre el seguro en Sepelio?
Este es el dinero que entrega EsSalud, hasta S/ 2,070.00 al Beneficiario de la Prestación por sepelio que realizó los gastos de los servicios funerarios por la muerte de un asegurado titular.
Prelación en el pago por Sepelio
- Cónyuge o Concubino del difunto
- Descendientes
- Ascendientes
- Hermano (a)
- Tercero
Gastos Funerarios a ser reconocidos:
- Nicho o Sepultura
- Cremación o entierro
- Ataúd
- Capilla Ardiente
- Carroza
- Transporte
- Mortaja o traje
- Preparación de Cadáver
¿Cuáles son los requisitos para obtener el seguro en Sepelio?
- Formulario Nª 1040 debidamente llenado
- Documentos que sustentan el gasto: (Que en conjunto no sobrepasen S/. 2,070.00)
- Comprobantes de Pago originales, por los servicios funerarios, emitidos a nombre del beneficiario (nicho perpetuo o sepultura o cremación o ataúd)
- Declaración Jurada por otros servicios funerarios adquiridos (ataúd, capilla ardiente, carroza, coche de flores, trámites y/o preparación de cadáver)
- Acta de defunción
- Copia de DNI del fallecido
- Copia de DNI de la persona que solicita el Subsidio.
Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.