Patricia Benavides presentaría denuncia constitucional para sacar a Pedro Castillo de la presidencia
"¡Con un pie en la calle!". Patricia Benavides presentaría mañana la denuncia constitucional en el Congreso que dejaría a Castillo fuera del Ejecutivo.
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Tendría los días contados. Según las investigaciones, la fiscal de la Nación, Patricia Benavides, estaría presentando mañana, 11 de octubre, en el Congreso una de denuncia constitucional contra el presidente Pedro Castillo que lo dejaría fuera del Ejecutivo.
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De acuerdo a varias fuentes en el Congreso, Benavides presentaría la medida en el Pleno del Congreso dando pie a que el Parlamento suspenda al mandatario. En ese sentido, el congresista de oposición José Cueto mencionó que la bancada de Renovación Popular si apoyaría la medida.
“Tengo la más alta expectativa de que eso proceda. (...) Ya es hora de que no solo desde el Congreso podamos ver a los que lo protegen, sino que la población se dé cuenta de que estamos siendo manejados por un Ejecutivo que, de acuerdo con la Fiscalía, es una mafia”, dijo el parlamentario José Cueto, de la bancada de Renovación Popular, a la prensa esta semana.
Tras ello, el mandatario se reunió con sus abogados, Benji Espinoza y Eduardo Pachas, en Palacio de Gobierno, quizás buscando una solución legal ante una posible censura.
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“Yo he conversado sobre la audiencia de mañana (hoy) y sobre este anuncio de que la fiscal de la Nación presentaría una denuncia para que el Congreso acuse constitucionalmente al presidente. Sobre esos temas he conversado”, comentó Espinoza anoche en la emisora televisiva Canal N sobre esa reunión.
¿Es posible que se sancione al presidente?
Según el artículo 117 dice que el jefe del Estado solo puede ser acusado, durante su mandato, por traición a la patria; por impedir elecciones presidenciales, parlamentarias, regionales o municipales; por disolver el Congreso sin estar facultado; y por impedir su funcionamiento o los de los organismos del sistema electoral. Benavides investiga a Castillo por otros presuntos delitos.
“Entiendo ese artículo 117 como que al presidente se le puede acusar por esos delitos sin permiso del Congreso y para otros delitos la Fiscalía deberá pedir permiso al Congreso para acusar”, dice la abogada penalista Romy Chang, profesora de la Universidad Católica (PUCP).
“Si ese artículo supone que al presidente no se puede tocar hasta acabar su mandato, si mañana mata o viola, seguiría siendo presidente hasta que el Congreso vea si lo vaca. Y en nuestro ordenamiento jurídico no hay derechos absolutos”, añade.
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