Fiestas Patrias: ¿Cuánto deben pagarme si trabajo este 28 y 29 de julio?

¡Atención trabajadora y trabajador! Descubre cuánto debe ser tu paga por trabajar este feriado largo de Fiestas Patrias.

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Conoce cuánto debes de recibir por haber trabajado el 28 y 29 de julio.
Conoce cuánto debes de recibir por haber trabajado el 28 y 29 de julio.Fuente: GLR - Crédito: Composición El Popular

Este jueves 28 y viernes 29 de julio son días feriados por la celebración de Fiestas Patrias. Sin embargo, así como hay rubros que no laboran esos días, hay empresas que si laboran y no paran sus operaciones. Es por ello, que si eres un trabajador o trabajadora que cumplirá labores en tales fechas, es importante que sepas cuánto te pagarán. Aquí te lo contamos.

Cabe precisar que según, el artículo 9 del Decreto Legislativo 713, Ley de Descansos Remunerados, el 28 y 29 de julio son feriados nacionales no laborables para los trabajadores públicos y privados, con derecho a descanso pagado por el empleador.

¿Cuánto deben pagarme si trabajo este 28 y 29 de julio?

De acuerdo a lo señalado por la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral del Perú (Sunafil), los trabajadores que realicen labores ya sean presenciales o remotas, tendrán derecho a percibir tre remuneraciones diarias, sin percibir descanso sustiturio. Por lo que, lo explica de la siguiente manera:

Lusi percibe una remuneración mensual de S/1025.00 soles y trabaja los días 28 y 29 de julio, sin sustituir un descanso por otros días. A continuación, te damos el detalle cómo calcularlo.

  • Remuneración diaria: 1025/30 = S/34.17
Por trabajar 28 y 29 de julio, corresponde:-----
Un remuneración por el feriado S/34.17
Una remuneración por el trabajo realizado S/34.17
Sobretasa del 100% S/34.17
Total102.50 por cada feriado laborado.

Entonces, por cada día feriado laborado deberán pagarte la suma de S/ 102.50, lo que hace en total S/.205.00.

Si trabajas este feriado largo te corresponde tres remuneraciones.

Si trabajas este feriado largo te corresponde tres remuneraciones.

¿Me pagan si mi descanso cae día feriado?

En ese caso, si el día de tu descanso coincide con el 28 o 29 de julio, el mismo trabajador solo recibirá sus S/ 100 por el descanso semanal y no por el feriado.

 Conoce cuánto deben de pagarte por laborar en Fiestas Patrias.

Conoce cuánto deben de pagarte por laborar en Fiestas Patrias.

¿Qué feriados pagan triple?

Según, lo establecido por el Tribunal de Fiscalización Laboral establece que los trabajadores que laboren en días feriados, sin recibir descanso sustitutorio, por ello, deben recibir tres remuneraciones por cada día laborado por parte de su empleador.

  • Jueves 28 Julio: Fiestas Patrias.
  • Viernes 29 Julio: Fiestas Patrias.
  • Martes 30 Agosto: Santa Rosa de Lima.
  • Sábado 08 Octubre: Combate de Angamos.
  • Martes 01 Noviembre: Día de Todos los Santos.
  • Jueves 08 Diciembre: Día de la Inmaculada Concepción.
  • Viernes 09 Diciembre: Batalla de Ayacucho- Día no laborable sector público.
  • Domingo 25 Diciembre: Navidad.
SOBRE EL AUTOR:

Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.

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