Presidenta del Poder Judicial se mostró en contra de que Perú salga del Pacto de San José

Elvia Barrios consideró que el país debe seguir adscrito a la Convención Americana sobre Derechos Humanos y se mostró en contra de aplicar la pena de muerte.

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Elvia Barrios, presidenta del Poder Judicial.
Elvia Barrios, presidenta del Poder Judicial.Crédito: Marco Cotrina/GLR.

La presidenta del Poder Judicial, Elvia Barrios, emitió su opinión sobre las medidas que se deben aplicar en el país para reducir los delitos graves que ocurren en el país y se mostró en contra de que el Perú se desentienda del Pacto de San José, a fin de imponer la pena de muerte contra los criminales en potencia, como los violadores.

De acuerdo a Barrios, el Perú debe continuar respetando los parámetros de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. "Nosotros somos innatarios precisamente de la Convención y tenemos que cumplirla. En todo caso es una decisión que hay que meditar, pero yo no estoy de acuerdo con eso", mencionó la funcionaria ante la prensa.

Como se sabe, en el Perú, como parte del Pacto de San José, no permite la aplicación de la pena de muerte. Así también lo recordó el abogado penalista Mario Amoretti, quien recordó que el exdictador Alberto Fujimori alguna vez intentó retirar al país de la Convención de manera parcial, a fin de aplicar la pena de muerte para los terroristas; sin embargo, ello no se logró.

“Esto es un imposible jurídico. El país que deja de aplicar la pena de muerte no la puede volver a aplicar. Cuando Velasco derogó la pena de muerte, lo hizo bajo el pretexto de que ‘la ciudadanía lo pide’ (…). Estamos acostumbrados a sancionar por el resultado, pero no por la causa”, mencionó el letrado a La República.

De la misma manera opinó el abogado Carlos Caro, quien precisó que la actual constitución del país tampoco permite la extinción de personas que cometieron abuso sexual contra menores de edad.

“Hay una prohibición de reinstaurar la pena de muerte en países que la han abolido. Hay una prohibición supranacional de aplicar la pena de muerte, y porque, además, la Constitución del 93 tampoco lo permite; dentro del catálogo de penas del Código Penal tampoco está dicha sanción: no es una opción viable”, aseveró.

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