Tribunal Constitucional falla a favor de Telefónica y ya no pagará deuda de S/ 729 millones
Cinco contra dos. Mayoría votó a favor del amparo que presentó Telefónica ante el Tribunal Constitucional. Así, deuda de S/ 729 millones fue condonada.
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Trabaja en Antamina desde noviembre 2024: LINK para postular a la nueva convocatoria con atractivos sueldos
- Yape remata celulares premium desde S/309 en marcas Samsung, Apple y más: solo sigue estos 5 pasos para comprarlas
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) declaró fundado el amparo de Telefónica para dejar sin efecto el pago de S/ 729 millones de impuestos e intereses moratorios que mantiene con la Sunat.
Los magistrados Eloy Espinosa-Saldaña, Carlos Ramos Núñez, Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero votaron a favor de la pretensión de la empresa multinacional española; mientras que Marianella Ledesma y Manuel Miranda se opusieron.
Es importante precisar que el fallo se realizó el pasado 21 de enero; sin embargo, en los últimos días un informe de El Foco puso bajo la lupa la decisión del TC.
De acuerdo al abogado de Telefónica, Fernando Meléndez, la deuda de S/ 729 millones es de cargos generados debido a demoras administrativas del Tribunal Fiscal (TF); sin embargo, existen otras, una de S/ 582 millones de capital que dejaron de pagar y S/ 852 millones por los intereses. El organismo constitucional solo ha dejado sin efecto la primera.
PUEDES VER: Ejecutivo presentó demanda ante el Tribunal Constitucional contra ley de taxis colectivos
No obstante, expertos consideran que la decisión del TC puede hacer que la empresa española busque exonerar también sus otros montos. Por el momento, los magistrados se encuentran redactando la sustentación de su voto. La sentencia aún no es pública.
"Estamos ante un caso donde la Sunat demoró siete meses en resolver, Telefónica apeló, y el Tribunal Fiscal inexplicablemente demora siete casos en resolver (no era un caso complejo, no había una conducta de las partes que demore la respuesta) y luego quiere cobrar por los siete años de su demora. Es una notoria violación del derecho al plazo razonable, y eso es lo que ha sancionado el Tribunal, pidiéndole que recálcale este pago de intereses. La discusión sobre el monto de la deuda en sí no es competencia del Tribunal Constitucional, sino del Poder Judicial", argumentó el magistrado Espinosa-Saldaña a El Foco.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.