MTC: conductores de vehículos de carga no necesitan pase laboral para prestar servicio

A fin de seguir abasteciendo a los principales mercados con productos de primera necesidad, los transportistas solo deberán presentar documento cuando retornen a sus domicilios.

Únete al canal de Whatsapp de El Popular
Los transportistas solo deberán presentar el pase laboral cuando se dirijan a sus centros de trabajo o regresen a sus domicilios.
Los transportistas solo deberán presentar el pase laboral cuando se dirijan a sus centros de trabajo o regresen a sus domicilios.Crédito: Difusión

Con el objetivo de seguir abasteciendo a los principales mercados a nivel nacional con productos de primera necesidad durante el estado de emergencia, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) anunció que los transportistas de vehículos de carga y mercancía podrán seguir operando sin necesidad de contar con un pase laboral en cualquier región del país.

Como se sabe, el pase laboral es un documento que avala al ciudadano que se desempeña en un trabajo esencial ante las autoridades policiales y militares, y debe renovarlo semanalmente para poder movilizarse durante el horario de toque de queda. No obstante, los choferes de carga solo necesitarán ese documento cuando se trasladen a sus trabajos o retornen a sus domicilios.

Asimismo, el MTC reiteró que los conductores deben contar con la tarjeta única de circulación (TUC), que los autoriza a prestar servicios en estos vehículos durante la cuarentena. La TUC tiene un código der seguridad que permite comprobar su identificación ante el Sistema Nacional de Registro del Transporte y Tránsito Terrestre (SINARETT).

Cabe recordar que la multa por transitar en la calle sin un pase laboral es de 264 soles, mientras que circular con un vehículo particular por otros motivos que no están establecidos en el Decreto Supremo 046-2020-PCM, y regulados por el Ministerio del Interior (Mininter) y el Ministerio de Defensa (Mindef), la sanción será de S/ 352.

Pase laboral y vehicular: ¿Cómo solicitarlo con DNI?

  • Primero, debes ingresar a este ENLACE autorizado por el Gobierno.
  • Luego, darle clic a “Solicita tu pase laboral”
  • Ingresa todos los datos que piden
  • Dar clic en Continuar

¿Cómo renovar mi pase laboral si ya cuento con uno?

En esta segunda cuarentena, el Gobierno dispuso que cada pase laboral tenga una diración de siete días y estos son los pasos para que puedas renovarlo.

  • Ingresa a este ENLACE
  • Ingresa tu número de DNI
  • Debes darle clic en "Renovar Pase"
  • Ingresa la fecha de emisión de tu DNI
  • Selecciona la región en la que vives
  • Selecciona la razón por la cual solicitaste el permiso
  • Dale clic en Renovar

¿Quiénes pueden solicitar el pase laboral y vehicular?

  • Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público.
  • Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
  • Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
  • Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
  • Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
  • Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
  • Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
  • Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
  • Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
  • Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
  • Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
  • Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
  • Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.
  • Vehículos del personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
SOBRE EL AUTOR:

Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.