Pase Laboral: ¿Cómo solicitar permiso por primera vez para trabajar en cuarentena?
Aquí te contamos cómo emitir por primera vez el permiso que te permite laborar durante los 15 primeros días de confinamiento dispuestos por el Gobierno de Francisco Sagasti.
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Desde el domingo 31 de enero retornó la cuarentena total en Lima y Callao, así como en otras ocho regiones más que se encuentran en el nivel de alerta extremo por la segunda ola del nuevo coronavirus (COVID-19) en el país, por lo que los ciudadanos deberán emitir un nuevo pase laboral que les permita movilizarse a sus centros de trabajo.
¿Qué regiones se encuentran en el nivel de alerta extrema?
Tal y como lo anunció el Gobierno, las regiones que se encuentran en el nivel de alerta extremo son Lima Metropolitana, Lima Región, Callao, Áncash, Pasco, Huánuco, Junín, Huancavelica, Ica y Apurímac, donde los ciudadanos solo podrán salir por una hora para realizar actividades esenciales como la adquisición de alimentos.
Cabe recordar que estas nuevas disposiciones del Ejecutivo tendrán una duración de 15 días; sin embargo, algunos especialistas señalan que esta será extendida por 15 días más hasta lograr que la curva de contagios y fallecidos desciendan en el país.
Pase laboral y vehicular: ¿Cómo solicitarlo con DNI?
- Primero, debes ingresar a este ENLACE autorizado por el Gobierno.
- Luego, darle clic a “Solicita tu pase laboral”
- Ingresa todos los datos que piden
- Dar clic en Continuar
¿Cómo renovar mi pase laboral si ya cuento con uno?
En esta segunda cuarentena, el Gobierno dispuso que cada pase laboral tenga una diración de siete días y estos son los pasos para que puedas renovarlo.
- Ingresa a este ENLACE
- Ingresa tu número de DNI
- Debes darle clic en "Renovar Pase"
- Ingresa la fecha de emisión de tu DNI
- Selecciona la región en la que vives
- Selecciona la razón por la cual solicitaste el permiso
- Dale clic en Renovar
¿Quiénes pueden solicitar el pase laboral y vehicular?
- Vehículos pertenecientes a los servicios de alimentación (adquisición, producción y abastecimiento) y distribución para la venta al público.
- Vehículos pertenecientes al personal del sector salud.
- Vehículos de las empresas dedicadas a los servicios de adquisición, producción y abastecimiento de medicinas.
- Vehículos de las empresas dedicadas a garantizar los servicios públicos y de bienes y servicios esenciales que den continuidad de los servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustible, telecomunicaciones, tecnología crítica indispensable, limpieza y recojo de residuos sólidos, o servicios funerarios.
- Vehículos pertenecientes a los medios de comunicación y contratados para el transporte de personal de prensa escrita (distribución de periódicos y revistas), radial o televisiva; siempre y cuando se encuentren en el ejercicio de sus funciones.
- Vehículos pertenecientes a las empresas de centrales de atención telefónica (call center) que atiendan servicios vinculados a la emergencia por COVID-19, debidamente acreditados.
- Vehículos que realizan el servicio de traslado de choferes de transporte urbano masivo de pasajeros (Pro Transporte y línea 1 del tren eléctrico).
- Vehículos que realizan el traslado del personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.
- Vehículos de servicios de vigilancia de empresa privada y de transporte de dinero, valores y caudales, autorizados por SUCAMEC.
- Vehículos dedicados al servicio de transporte de carga, mercancías y actividades conexas y servicios logísticos de apoyo al transporte de carga, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones. Incluye también aquellas actividades o servicios de comercio exterior necesarios para la importación y exportación de mercancías.
- Vehículos para actividades de producción, abastecimiento o distribución de insumos para actividad agropecuaria o agraria, o venta y alquiler de maquinaria o servicios complementarios.
- Vehículos de empresas dedicadas a pesca industrial (consumo humano indirecto), producción temporal, industrias de vidrio, forestal, papel y cartón, plásticos y hielo, ampliación de textil y confecciones, maquinaria y equipos e industria metalmecánica o de sustancias químicas básicas o almacenamiento de uno de los mismos.
- Vehículos de personas que brinden servicios de mantenimiento de equipo relacionado a edificaciones y hogares.
- Vehículos del personal del Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Poder Legislativo, y Sistema Financiero y Seguros, entre otros.
- Vehículos del personal del Jurado Nacional de Elecciones (JNE), la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) y el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC).
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