MTPE: trabajo remoto se extiende hasta el 31 de julio del 2021

Asimismo, el trabajador tendrá derecho a la desconexión laboral y el empleador no podrá exigir la realización de tareas durante el tiempo de desconexión.

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El empleador tiene la obligación de respetar el derecho a la desconexión digital de su trabajador, por lo tanto, no puede exigir la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante ese tiempo.
El empleador tiene la obligación de respetar el derecho a la desconexión digital de su trabajador, por lo tanto, no puede exigir la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante ese tiempo.Crédito: Antonio Melgarejo Yaranga/GLR

A través del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) el Gobierno anunció la ampliación de la vigencia del trabajo remoto para el sector público y privado hasta el 31 de julio del 2021.

“Facúltase a los empleadores del sector público y privado a modificar el lugar de la prestación de servicios de todos sus trabajadores para implementar el trabajo remoto”, señala el decreto de urgencia publicado este domingo en el diario oficial El Peruano.

De la misma forma, también establece que el empleador tiene la obligación de respetar el derecho a la desconexión digital de su trabajador, por lo tanto, no puede exigir la realización de tareas o coordinaciones de carácter laboral durante ese tiempo.

“Por el cual este último tiene derecho a desconectarse de los medios informáticos, de telecomunicaciones y análogos utilizados para la prestación de servicios durante los días de descanso, licencias y periodos de suspensión de la relación laboral”, detalla la norma.

Por el lado del del gremio privado, deben observar las disposiciones sobre jornada máxima de trabajo que resulten aplicables conforme a las normas del régimen laboral correspondiente.

Al tratarse de trabajadores no comprendidos en la jornada máxima de trabajo, el periodo de desconexión debe ser como mínimo 12 horas continuas en un tiempo de 24 horas, además de los días de descanso, licencias y periodos de suspensión perfecta.

Mientras que para el caso del sector público, la Autoridad Nacional del Servicio Civil (Servir) podrá emitir disposiciones complementarias sobre la presente materia.

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