Condenan a 11 meses de prisión contra un padre por no pasar alimentos a su menor hijo

El Poder Judicial del Callao lo encontró culpable por el delito de omisión de asistencia familiar en agravio de su menor hijo.

Únete al canal de Whatsapp de El Popular
Juzgado del Callao condenó a 11 meses de prisión contra Rooby Peter Saavedra Huatuco por no pasar alimentos a su hijo
Juzgado del Callao condenó a 11 meses de prisión contra Rooby Peter Saavedra Huatuco por no pasar alimentos a su hijoCrédito: Corte Superior de Justicia del Callao

El Poder Judicial del Callao condenó a 11 meses de pena privativa de la libertad suspendida contra Rooby Peter Saavedra Huatuco, por negarse a pasar alimentos para su menor hijo.

El Tercer Juzgado Unipersonal Penal Permanente de la Corte Superior de Justicia del Callao a cargo de la jueza Denisse Picasso, procedió a declarar la conformidad del acuerdo arribado por la representante del Ministerio Público y el imputado.

LEE ESTO: Exministra García sobre la COVID-19 en Perú: "No quieren decir que esto es un rebrote, pero estamos en subida"

La magistrada lo encontró culpable por los delitos contra la familia, omisión a la asistencia familiar e incumplimiento de obligación alimentaria en agravio de su menor hijo.

Durante las investigaciones, el procesado aceptó todos los cargos junto con la reparación civil, llegando a una conclusión, debido a que no cuenta con antecedentes penales, lo cual permite la reducción de hasta un séptimo de la pena, puesto que el plazo de suspensión de la pena privativa de libertad es de 1 a 3 años.

Por otro lado, el acuerdo estipula ciertas reglas de conductas, siendo una de ellas la prohibición de ausentarse del lugar donde reside sin autorización previa del despacho.

Además, deberá compadecer cada dos meses al registro biométrico del Poder Judicial del Callao y reparar los daños ocasionados junto con el pago de una reparación de 200.00 soles y una liquidación de pensiones alimenticias devengadas de 6 mil soles, ya que el imputado habría hecho sólo un abono de 3,977.00 soles

El representante del Ministerio Público, declaró que el imputado omitió el pago de S/. 9,799.00 soles, por el concepto de pensiones devengadas más intereses legales correspondiente al periodo de julio de 2017 a junio de 2018, la cual fue aprobada mediante la Resolución Nº12, de fecha 04 de marzo de 2019.

MIRA TAMBIÉN: Planta móvil de oxígeno medicinal beneficiará a más de 43 distritos de la capital ante el COVID-19 [VIDEO]

Es preciso indicar que si el imputado no cumple el acuerdo llegado por conclusión anticipada, se procederá a revocar la suspensión de la pena.

Cargando MgId...