Poder Judicial deja sin efecto impedimento de salida del país que existía contra Mark Vito

El Poder Judicial revocó los 36 meses de impedimento de salida del país que existía contra el esposo de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, Mark Vito Villanella, por el caso de los cócteles

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El Poder Judicial dejó sin efecto impedimento de salida del país contra Mark Vito acusado por lavado de activos
El Poder Judicial dejó sin efecto impedimento de salida del país contra Mark Vito acusado por lavado de activos

Por no existir peligro de fuga, el Poder Judicial revocó la orden de impedimento de salida del país por el plazo de 36 meses que se le impuso en primera instancia, contra el esposo de la lideresa de Fuerza Popular, Keiko Fujimori, Mark Vito Villanella, por su presunta vinculación en el delito de lavado de activos, en el caso de los cócteles.

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Por unanimidad, la Sala Penal Nacional de Apelaciones Especializada en Crimen Organizado declaró fundada la apelación que presentó Mark Vito contra la resolución que ordenó su impedimento de salida del país por 36 meses y deja sin efecto esta medida.

El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Anticorrupción, había ordenado 36 meses de impedimento de salida del país para el esposo de la lideresa de Fuerza Popular, alegando que existía peligro de fuga y obstaculización de la justicia.

Anteriormente, el juez Richard Concepción Carhuancho ordenó impedimento de salida contra Vito, pero, en febrero pasado, la Segunda Sala de Apelaciones lo anuló y ordenó que se emita un nuevo pronunciamiento.

La fiscalía del Equipo Lava Jato, incluyó en la carpeta de investigación contra Keiko Fujimori y Fuerza Popular a su esposo Mark Vito Vilanella, por considerar que habría realizado transacciones para camuflar aportes ilícitos de las campañas presidenciales del 2011 y 2016. 

La abogada de Vito Villanela, Giulliana Loza, informó que los magistrados resolvieron dejar sin efecto la decisión que tomó el juez de primera instancia Víctor Zúñiga el 11 de abril pasado, porque carece de sustento.

"Los tres magistrados de la sala superior han considerado que nuestros argumentos tienen motivación, la han declarado fundada y hay un argumento fundamental que la medida solicitada por la fiscalía y que había sido admitida carecía de sustento legal y proporcional", añadió la abogada.

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"Habíamos apelado esta resolución porque se le había impuesto sin ningún fundamento, sin ningún motivo un impedimento de salida, ahí donde la Fiscalía había programado diligencia alguna en contra de él", expresó.

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