Frecuencia Latina es sancionada por culpa de “Amor, amor, amor”
El programa “Amor, amor, amor”, que conducen “Peluchín” y Gigi Mitre, trasngredió el horario familiar y provocó que Frecuencia Latina sea sancionada con 5 UIT (Unidad Impositiva Tributaria).
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El programa “Amor, amor, amor”, que conducen “Peluchín” y Gigi Mitre, trasngredió el horario familiar y provocó que Frecuencia Latina sea sancionada con 5 UIT (Unidad Impositiva Tributaria).
También lea: Antonio Pavón advirtió a “Peluchín” no meterse con su hijoAsí reza el comunicado de El Tribunal de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión que ratifica la Resolución del Comité de Solución y Quejas N° 10-2013 de 11 de noviembre de 2013.“Mediante Resolución de fecha 07 de octubre de 2014, El Tribunal de Ética de la Sociedad Nacional de Radio y Televisión ha ratificado la decisión del Comité de Solución de Quejas, que declaró fundada la queja presentada por la Asociación Valores Humanos, al haberse determinado que el contenido de las emisiones del programa “Amor, Amor, Amor”, detallados en los numerales 11, 17, 21, 28, 31 y 43 del numeral 3.3. de la Resolución emitida por el citado Comité, vulneran lo establecido en el artículo 40 de la ley de radio y televisión referido al horario familiar; y que corresponde a las secuencias denominadas: 'Las conejas de Playboy en vivo', 'Grace Becerrra le responde a Romina y presenta show caliente con Leysi y Annabel', 'Joshua después de ampay: A mí siempre me agarran de pavo', 'Daysi Araujo e Irina Grandez agasajaron a los padres a su estilo', 'Susy Díaz y Desilda hacen de las suyas en Huacho', 'Boquita de Caramelo: Anahí Cárdenas incendia las redes sociales'", señalaron.“El Tribunal de Ética de la SNRTV, igualmente ha ratificado la decisión del Comité de Solución y Quejas, que declaró infundada las emisiones de los contenidos del programa “Amor, Amor, Amor”, que no se encuentran comprendidas en la relación antes detallada y que también fueron objeto de la referida queja.Confirman la sanción impuesta a Frecuencia Latina, ascendente a cinco (5) unidades impositivas tributarias”.El fallo explica las razones de las sanción impuesta: “... las secuencias consideradas como transgresoras del horario familiar han sido calificadas como tales debido al contexto en que se desarrollan, cargado de morbo y con alto contenido erótico, uso de lenguaje soez e inapropiado para el horario familiar, violencia sexual que atenta contra la dignidad de las personas, y en especial de las mujeres, bromas inapropiadas para un programa de televisión transmitido en horario de protección al menor, bromas de doble sentido con contenido grotesco y morboso inadecuado para niños y adolescentes”.
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