Poder Judicial rechazó pedido del Movadef de archivar delito de apología al terrorismo

El Poder Judicial, rechazó el pedido de archivamiento del delito de apología al terrorismo que se le sigue a los dirigentes del Movadef, los abogados, Manuel Fajardo Cravero, Alfredo Crespo Bragayrac, Alberto Mego Márquez y Oswaldo Esquivel Caycho

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Poder Judicial rechazó pedido de archivar caso de Movadef
Poder Judicial rechazó pedido de archivar caso de Movadef

El Poder Judicial, rechazó el pedido de archivamiento del delito de apología al terrorismo que se le sigue a los dirigentes del Movimiento por Amnistía y Derechos Fundamentales (Movadef) Manuel Fajardo Cravero, Alfredo Crespo Bragayrac, Alberto Mego Márquez y Oswaldo Esquivel Caycho.

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De acuerdo con al representante del Ministerio Público, los procesados son responsables de la redacción y publicación “Periódico Marxista Leninista Maoísta Amnistía General”, cuya edición del 25 de setiembre del 2010 (año 1, número 1) era ofrecido en venta  el 12 de octubre de 2010 por las inmediaciones de la Plaza Bolívar en una marcha de gremios de trabajadores al Congreso de la República.

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El referido periódico, en las páginas 6 y 7, consignó un “especial” con las fotos de Abimael Guzmán y su esposa Elena Iparraguirre y el texto: “El Dr. (Abimael) Guzmán es el más grande intelectual, filósofo, científico, marxista, leninista, maoísta de nuestra época”.

En su resolución, el Colegiado "A" de la Sala Penal Nacional,  presidido por el juez René Martínez Castro, explica que la pretensión asumida por los dirigentes del Movadef fue rechazada.

En su resolución indica, que el hecho denunciado sí constituye delito y está tipificado de manera conveniente en el artículo 316 inciso 2 del Código Penal.

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Asimismo, el colegiado sostiene que la inocencia o responsabilidad penal de los procesados recién será materia de pronunciamiento en una sentencia.       

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De esa manera, el tribunal integrado también por los jueces Edhin Campos Barranzuela y Hans Contreras Cuzcano, ratificó el auto de junio de 2016 de la Sala Penal Nacional que declaró infundada el pedido de excepción de naturaleza de acción solicitada por los representantes del Movadef.

Los acusados pedían que se prescriba el delito por el cual los investigan alegando que ya pasó el tiempo de ocurrido los hechos, por lo tanto pedían que se archive.

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