Jubilados y adultos mayores tendrán preferencia administrativa
De acuerdo al Decreto Legislativo 1310 emitido por el Ejecutivo a través de las facultades delegadas los jubilados y adultos mayores tendrán preferencia administrativa
Únete al canal de Whatsapp de El Popular- Derrame de petróleo en Piura deja un panorama desolador con delfines muertos en la orilla de playa Las Capullanas
- Surco: Padre coloca a sus hijos 8 nombres a cada uno para evitar que sufran homonimia
Las medidas adicionales de simplificación administrativa fijadas por el Ejecutivo en uso de las facultades legislativas delegadas por el Congreso permitirán atender de mejor manera los requerimientos de los pensionistas, adultos mayores y ciudadanos de menores recursos económicos.
MIRA ESTO: Poder Judicial: decidirán si ordenan 7 dias de detención preliminar para "Peter Ferrari"
Mediante el Decreto Legislativo N° 1310 se otorga a los notarios, por ejemplo, atribuciones a fin de tramitar la curatela especial para personas adultas mayores con fines pensionarios y de devolución del Fonavi.
El Colegio de Notarios de Lima (CNL) considera que con esta medida se atenderá en mejor forma a los adultos mayores para recibir una pensión o solicitar la devolución de sus aportes al Fonavi, ya que antes debían recurrir al Poder Judicial para realizar los trámites correspondientes, lo cual podía durar un año y medio o dos años.
Por otro lado, en el mismo decreto legislativo se establece una nueva regulación acerca de la restricción de la competencia de los notarios para los actos de disposición y gravamen de predios ubicados en provincias distintas a la de su ubicación geográfica, a menos que los notarios cuenten con el sistema de identificación biométrica.
LEE TAMBIÉN: Luz Salgado no será blindada tras ser denunciada según Comisión de Ética
Además, con el Decreto Legislativo N° 1310, el Ejecutivo acogió un proyecto de ley del Colegio de Notarios de Lima, explicó el notario Germán Núñez. Según esta ley, para el viaje de niños o adolescentes fuera del país, en caso de fallecimiento de uno de los padres o de estar reconocido el menor por uno solo de ellos, la autorización notarial otorgada por el padre sobreviviente o por el que efectuó el reconocimiento tendrá vigencia indefinida, salvo que este sea revocado.
El notario deberá dejar constancia que tuvo acceso a la respectiva partida de defunción o de nacimiento para indicar la vigencia indeterminada del documento.
Revisa todas las noticias escritas por el staff de redactores de El Popular.