Prohibido selfies: tomarle foto a tu voto te dará problemas

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Tomarle un 'selfie' a tu voto te traerá problemas con la ley
Tomarle un 'selfie' a tu voto te traerá problemas con la ley

Si eres uno de los fans del "selfie" que ya cuenta las horas para ingresar a la cámara secreta y captar una imagen de su voto este domingo 5... ¡cuidado!.. Podrías tener problemas.Según el código Penal y la Ley Orgánica de Elecciones, toda persona que publicite su voto y, peor aún, utilice la redes sociales para compartirlo, será severamente sancionado.Facebook, Twitter o Instagram -y todas las redes sociales- no serán aceptados como plataformas para mostrar el voto al público.Un ‘selfie’ o cualquier otra imagen en la que aparezca por quién votó, podría involucrar al cibernauta en un proceso penal como autor de un delito electoral, tal como indica el portal LaLey.¿POR QUÉ ESTÁ PROHIBIDO?En nuestro país son dos las normas que regulan los delitos electorales: el Código Penal y la Ley Orgánica de Elecciones, que describen las conductas que atentan contra el derecho de sufragio y la libre formación de la voluntad ciudadana.Uno de estos delitos es el denominado “voto declarado públicamente en acto electoral”, previsto en el artículo 358 del Código Penal.Esta norma sanciona al “elector que da a publicidad el sentido de su voto en el acto electoral” con una pena privativa de libertad no mayor de un año o servicio comunitario de 20 a 30 jornadas.La norma no es nueva, pues ya se usaba para sancionar a quien divulgaba el voto en la cola para sufragar o ante las cámaras de televisión.La finalidad de la norma es evitar que se perturbe la voluntad popular y la libre formación de la decisión del elector.El delito de “voto declarado públicamente en acto electoral” se configura "antes, durante y después" de la votación del elector, es decir durante todo el proceso de sufragio (de 8:00 am a 4:00 pm).

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