Juez expone el BRUTAL accionar de Adrián Villar al sustentar su prisión preventiva: "Desinterés por la vida..."

El Poder Judicial dictó nueve meses de prisión preventiva contra Adrián Villar. El juez Adolfo Farfán sostuvo que su conducta reflejó "desinterés por la vida ajena".

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Prisión preventiva para Adrián Villar juez detalla el comportamiento que indignó al país.
Prisión preventiva para Adrián Villar juez detalla el comportamiento que indignó al país. Crédito: Composición El Popular/Meredhit Yanacc.

El Poder Judicial dispuso que Adrián Villar cumpla nueve meses de prisión preventiva mientras continúan las investigaciones por el atropello que causó la muerte de la deportista Lizeth Moreno. El investigado permanecerá en un penal que será determinado por el Instituto Nacional Penitenciario (INPE) en las próximas horas.

La medida fue ordenada por el juez de investigación preparatoria Adolfo Farfán, quien declaró fundado el pedido presentado por la fiscal provincial Yanet Roller, al considerar que se cumplen los requisitos legales para aplicar esta medida restrictiva.

Los fundamentos del juez para dictar prisión preventiva

Durante la audiencia, el magistrado recordó que para ordenar prisión preventiva deben cumplirse tres condiciones: la existencia de graves elementos de convicción, la posibilidad de una pena mayor a cinco años y la presencia de peligro procesal, ya sea por riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.

Sobre el primer requisito, el juez señaló que existen indicios sólidos que vinculan a Villar con los presuntos delitos de homicidio culposo, omisión de socorro y fuga del lugar del accidente, destacando además que el propio investigado reconoció su participación en los hechos.

En relación con la eventual condena, el magistrado rechazó la interpretación del abogado César Nakazaki, quien sostenía que solo correspondía aplicar una agravante —la inobservancia de las reglas de tránsito— y no dos, como plantea el Ministerio Público. Según la defensa, la agravante vinculada al uso de vehículo requería que también se configure el estado de ebriedad o consumo de drogas.

Sin embargo, Farfán consideró que ese planteamiento era "incorrecto" y advirtió que asumirlo provocaría un “colapso social”, pues dejaría sin sanción numerosos casos de muertes en accidentes de tránsito donde no hubo consumo de alcohol o estupefacientes.

Bajo ese análisis, el juez coincidió con la estimación fiscal que proyecta una posible condena de ocho años de prisión por los tres delitos imputados. Incluso si el caso avanzara mediante una terminación anticipada, la pena podría situarse en seis años y ocho meses, superando ampliamente el mínimo requerido para justificar la prisión preventiva.

Juez Adolfo Farfán y Adrián Villar

Juez lanza contundente frase contra Adrián Villar al justificar prisión preventiva.

Juez cuestiona conducta de Villar tras el atropello

En su resolución, el magistrado enfatizó que el comportamiento posterior al accidente evidenciaría un “desinterés por la vida ajena”, al no auxiliar a la víctima y retirarse del lugar.

"Mostrando con ello una conducta de desinterés por la vida ajena. En cambio, luego de vivir del lugar del accidente, se cambió de ropa y se reunió esa madrugada con sus padres, la pareja de su padre Marisel Linares Chávez, propietario original del vehículo con que se produjo el accidente y el abogado de su entonces enamorada Francesca Montenegro, señor Juan Montenegro, quien le recomendó que se entregara inmediatamente a la justicia, pero este no le hizo caso", expresó el juez durante la audiencia.

El magistrado añadió que esta conducta "marca el inicio de la conducta procesal manifiesta que implica un juicio de valoración negativo, que, de haberse presentado a la autoridad, hubiera sido distinto, pero no fue así".

Asimismo, sostuvo que Villar no logró acreditar arraigo familiar, domiciliario ni laboral. Indicó que sus padres viven separados, que no se pudo confirmar con precisión su dirección actual y que tampoco existe documentación que demuestre una actividad laboral estable. Aunque aseguró que estudiaba, el documento presentado corresponde a un carné universitario de 2023, el cual no está vigente para 2026.

El juez también señaló que, "ante la eminencia de una condena", y "de dársele libertad, tratará apoyándose en los que le permitieron eludir la flagrancia, eludir la acción de la justicia, dilatándose proceso indefinida e innecesariamente".

Finalmente, el magistrado advirtió que el investigado tiene facilidades para salir del país, lo que se reflejaría en su historial migratorio con viajes a México, Panamá, Colombia, Estados Unidos, Chile y España.

Con estos elementos, el juzgado concluyó que existe peligro procesal y que se cumplen todos los presupuestos legales para ordenar nueve meses de prisión preventiva mientras continúan las investigaciones del caso.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en tendencias y actualidad. Licenciada en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Certificada en SEO y Marketing Digital. Interesada en temas relacionados con tendencia, coyuntura nacional, farándula y más.

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