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Bono Minero 2024: ¿Quiénes son los beneficiarios y cuándo inicia el pago?

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) confirmó el pago del Bono Minero. Aquí sabrás todos los detalles del subsidio.

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Mineros recibirán un bono en quincena de julio. | Composición El Popular | GLR

La Oficina de Normalización Previsional (ONP) anunció el pago del Bono Minero el próximo lunes 15 de julio, que está destinado para los pensionistas de jubilación minera de acuerdo con la Ley N° 25009 (Sistema Nacional de Pensiones - SNP) y la Ley N° 27252 (Sistema Privado de Pensiones - SPP).

Bono Minero 2024

El pago corresponde al Beneficio Complementario Minero, para los beneficiarios del Fondo Complementario de Jubilación Minera Metalúrgica y Siderúrgica (FCJMMS) que hayan presentado su solicitud hasta el 31 de diciembre de 2023 y cumplan con cada uno de los requisitos determinados en la norma.

Como ocurrió en años anteriores, los pensionistas que pertenezcan a la ONP recibirán el pago del subsidio en la cuenta bancaria donde regularmente les depositan sus pensiones cada mes. A los pensionistas que pertenecen a una Administradora de Fondos de Pensiones (AFP) se les abonará el monto en la misma cuenta en la que recibieron el año pasado.

Si alguno de los beneficiarios perdió su tarjeta de débito o no recuerda la clave, tendrán que acudir a cualquier agencia del Banco de la Nación (BN) para tramitar una nueva tarjeta y, de esa manera, proceder a realizar el retiro del bono.

¿Quiénes serán beneficiados con el bono?

Este bono se paga de manera anual a los pensionistas de jubilación e invalidez de la Ley N° 25009 y la Ley N° 27252. Además, también se incluyen a los beneficiarios de pensiones de viudez y orfandad derivadas de una pensión de jubilación de los regímenes mineros, metalúrgicos y siderúrgicos mencionados. El objetivo de esta medida es asegurar que todos los pensionistas elegibles reciban el apoyo económico que les corresponde por derecho.

Bono por lluvias

El Bono de Arrendamiento para Emergencias (BAE) es un beneficio económico que consta de S/ 500, que proviene del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS) y el Fondo Mivivienda (FMV).

Este subsidio es para las familias que tienen sus viviendas declaradas como inhabitables o colapsadas a causa de los desastres naturales o acciones humanas; se les facilita el alquiler de una vivienda con servicios básicos por un plazo máximo de dos años.

Requisitos

  • La vivienda debe haber sido declarada inhabitable o destruida.
  • El predio a alquilar debe estar ubicado en una zona segura.
  • Asignaciones Excepcionales para el Personal de Salud
  • Asignaciones Excepcionales

Pasos para acceder al bono

  • Remisión de Padrones: Los gobiernos locales deben entregar al MVCS los padrones de damnificados para ser cargados en el Sistema de Información Nacional para la Respuesta y Rehabilitación (Sinpad) del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci).
  • Identificación y Registro: El MVCS, junto con los gobiernos locales, identificará y registrará a las familias damnificadas.
  • Verificación y Convocatoria: Una vez que sea verificada la información, el MVCS publicará una resolución ministerial convocando a los potenciales beneficiarios, detallando localidades y plazos.

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializado en actualidad, policiales y deportes. Graduado en Ciencias de la Comunicación en la Universidad San Martín de Porres. Redactor y Communit Manager en El Popular. Interesado en temas relacionados con política, fútbol peruano e internacional, economía, coyuntura nacional y mundial.