Argentina alista la entrega del aguinaldo, pues la legislación vigente establece una fecha límite para abonar el Sueldo Anual Complementario (SAC). Noviembre ingresa a su etapa final y las cuentas de los argentinos se ven seriamente presionadas por tres meses de inflación promedio por encima de los dos dígitos y la perspectiva de la llegada del aguinaldo 2023 en diciembre es un elemento clave de la planificación financiera de empleados en relación de dependencia para lo que queda del año.
De acuerdo a la legislación argentina, los trabajadores deben recibir cada año un pago extra equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas en el respectivo año calendario, el Salario Anual Complementario (SAC), pues el monto se debe pagar en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre, de acuerdo con una publicación del medio Infobae.
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De acuerdo con el consultor Sebastián M. Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, dio a conocer los distintos ítems de empresas y empleados que deberían tener en cuenta para la liquidación del SAC. El importe a abonar en cada semestre es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de ese semestre es el 50% de la mayor remuneración mensual devengada por todo concepto dentro de ese semestre.
En dicho cálculo se excluye todo rubro no remunerativo como los beneficios sociales (el servicio de comedor en la empresa, la provisión de ropa de trabajo y de cualquier otro elemento vinculado a la indumentaria y al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el desempeño de sus tareas, entre otros), las gratificaciones otorgadas por única vez, las gratificaciones vinculadas a la extinción del contrato de trabajo y las prestaciones complementarias del art. 105 de la Ley, entre otros.
Este beneficio laboral está dirigido a los trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados, que corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual que percibe el trabajador dentro de cada semestre. En el caso de las pequeñas empresas, la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los periodos de pago del SAC, siempre y cuando no exceda de tres períodos en el año.
Tomando en cuenta la fórmula de cálculo, cada trabajador puede saber con anticipación el monto que cobrará. Para ello, debe buscar entre los 5 recibos de julio al mes de noviembre cuál fue el mes en el que se percibió mayor remuneración. Sigue los siguientes pasos y calcula cuál es el monto que te corresponde:
De acuerdo con la Ley 27.073, la primera cuota se abona en la última jornada laboral del mes de junio, el 30 de dicho mes, y la segunda cuota hasta el 18 de diciembre, previo a las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.