Julio llegó con todo, pues el mes patrio tendrá un nuevo feriado por segundo año consecutivo. Una fecha que le dará una pausa a nuestras actividades en una rutina diaria. En el desarrollo de esta nota te contamos cuándo será, qué se celebra y cuánto te pagarán por trabajarlo.
De acuerdo con la Ley N°31822, aprobada por el Congreso de la República, se ha oficializado que el 23 de julio se celebre el Día de la Fuerza Aérea del Perú. En esta fecha se conmemora el heroico sacrificio del valiente capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales, quien perdió la vida durante el conflicto con Ecuador en 1941.
Declaran nuevo feriado para el mes de julio en Perú por segundo año consecutivo ¿Cuánto te pagarán?
Este martes 23 de julio es feriado para los trabajadores del sector público como el privado.
De acuerdo con una publicación en el Diario El Peruano, en caso el trabajador labore el 23 de julio, siendo descanso obligatorio y no se acuerde un día de descanso sustitutorio, el empleador debe remunerarlo de la siguiente forma: la remuneración equivalente a un día, por el feriado; y la remuneración con la sobretasa del 100% por el trabajo realizado
Por ejemplo, si el sueldo mensual de un trabajador es S/ 1 500 y labora el domingo 23 de julio, siendo su día de descanso semanal y no tiene otro día de descanso sustitutorio, percibirá por ese día: S/ 50 por el día feriado/domingo (que ya está comprendido en la remuneración mensual) más S/ 100 por el trabajo realizado (sobretasa del 100 %) percibiendo un total mensual S/ 1 600.
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En esta fecha se conmemora el Día de la Fuerza Aérea del Perú. Un día emblemático en la que se conmemora la valiente y heroica acción del capitán FAP José Abelardo Quiñones Gonzales, ocurrida durante el conflicto con Ecuador en 1941.
Este día nos invita a recordar el coraje y la determinación de un héroe peruano que dejó un legado imborrable en la historia de nuestro país. La valentía y el sacrificio de Quiñones Gonzales son un ejemplo de honor y patriotismo que perdura en la memoria colectiva de la nación
De acuerdo con el decreto Supremo N°0011-2024-PCM publicado en el Diario El Peruano, se estableció que el 26 de julio sea considerado como descanso obligatorio; es decir, será un día no laborable para los empleados que forman parte del Estado y un descanso opcional para el sector privado.
Esta medida dada por el Gobierno, conecta a este día con los feriados de Fiestas Patrias y busca contribuir al crecimiento económico y al desarrollo social del país.
Un día no laborable y un día feriado tienen diferencias claves en términos de su implementación y requisitos legales y los siguientes:
Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.