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De no pagar mi impuesto predial, ¿la municipalidad me puede quitar mi casa? Descúbrelo aquí

Es una pregunta frecuente entre los propietarios de los inmuebles de distintas municipalidades. Aquí te contamos si es posible ello. 

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Conoce qué pasa si pagas no pagas tu deuda de arbitrios. | El Popular | LR +

El pago del impuesto predial es una obligación para todos los propietarios de inmuebles. Se trata de un tributo administrado por las municipalidades, pues este ingreso es esencial para el financiamiento de servicios y obras públicas, pero existen ciudadanos que desconocen cuáles son las consecuencias de no hacerlo.

Si no pago mis impuestos, ¿la municipalidad me puede quitar mi casa?

Déjanos decirte que la respuesta es NO, pues la municipalidad no puede quitarte tu casa de forma inmediata por tener una deuda de impuesto predial. Pero es importante mencionar que si no se atiende la deuda, esta puede activar un proceso de cobranza coactiva. Inicialmente, la municipalidad te enviará notificaciones y requerimientos para el pago de la deuda y si estos no son atendidos, se inicia el proceso administrativo regular que culmina con una ordenanza coactiva.

Luego que se emita la ordenanza coactiva, el deudo tiene un plazo de siete días para realizar el pago correspondiente. De no cumplir con el plazo, la municipalidad puede proceder al embargo de bienes.

Este embargo puede incluir las cuentas bancarias, vehículos u otros bienes, pero la expropiación de la vivienda es una medida extrema que se puede evitar en la mayoría de los casos, buscando siempre que el deudor su situación antes de llegar a ese punto.

¿Cómo puedo pagar el impuesto predial de una vivienda?

El cálculo del impuesto predial se basa en el valor del inmueble, conocido como autovalúo, que es determinado por la municipalidad. Este valor se calcula considerando el área del terreno y las construcciones existentes, aplicando tasa específicas según la zoma y las características del inmueble.

Ahora, las tasa del impuesto predial son progresivas y se aplican de la siguiente forma: 0.2% sobre el valor del inmueble de hasta 15% (Unidad Impositiva Tributaria), 0,6% para valores entre 15 y 60 UIT, y 1% para valores superiores a 60 UIT. Por ejemplo, si el autovalúo de tu propiedad es de 50 UIT, los primero 15 UIT tributarán al 0.2% , los siguientes 45 UIT al 0.6% y cualquier valor por encima de 60 UIT al 1%.

¿Qué es un impuesto predial?

El impuesto predial es un tributo municipal que deben pagar los propietarios de bienes inmuebles anualmente. Este impuesto se utiliza para poder financiar los servicios municipales, incluyendo limpieza, mantenimiento de parques, seguridad ciudadana y otras obras públicas

SOBRE EL AUTOR:

Periodista especializada en temas de actualidad, política y policiales. Licenciada en Ciencias de la Comunicación por la UTP con más de 3 años de experiencia. Redactora web en El Popular y presentadora de "Capturados". Interesada en temas relacionados con misterios, películas y series policiales.