La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) dio a conocer que en este año, los trabajadores que estén en cuarta y quinta categoría tendrán la opción de solicitar la suspensión de las retenciones y sus pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, sin embargo, el ciudadano no deberá excederse de los montos establecidos.
A continuación te damos a conocer cómo puedes solicitar la suspensión de Cuarta Categoría en simples pasos. Además, sabrás otros detalles de este procedimiento.
Puedes encontrar dentro de la nota:
- Sunat: ¿Cómo solicitar la suspensión de Cuarta Categoría este 2023?
- Sunat: ¿Quiénes pueden solicitar la suspensión de retenciones en este 2023?
- Sunat: Algunas consideraciones
Sunat: ¿Cómo solicitar la suspensión de Cuarta Categoría este 2023?
- Accede a Sunat Operaciones en Línea con su Clave SOL y coloca la opción “Mis trámites y Consultas”. Ese módulo está disponible en el portal www.sunat.gob.pe.
- Encuentra la sección “Otras declaraciones y Solicitudes”. Luego, haz clic en “Solicito Suspensión de Retenciones 4ta Categoría” (Formulario Virtual 1609).
- Indica la fecha en la que recibiste el primer ingreso por Rentas de Cuarta Categoría y el monto total proyectado para todo el año. Debe tener en cuenta que se debe registrar solo los ingresos de Cuarta Categoría, como profesional independiente o de Cuarta y Quinta Categorías, si, también, estás en planilla.
Estos son los requisitos que necesita cumplir el ciudadano que quiera tener este beneficio:
- Contar con la Clave SOL
- Fecha de primer ingreso por rentas de 4ta categoría
- Monto total de ingresos o proyección de ingresos de 4ta y 5ta categoría, si los tuvieras
Para los que soliciten de manera presencial, necesitarán cumplir con lo siguiente:
- Prueba impresa del rechazo de solicitud o falla en el sistema.
- Formato de solicitud de suspensión de retenciones o pagos a cuenta, lleno e impreso.
Sunat: ¿Quiénes pueden solicitar la suspensión de retenciones en este 2023?
- Aquellos que proyecten que sus ingresos durante el 2023 por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superen los S/ 43. 313.
- Directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares, que proyectan percibir en el ejercicio gravable por Rentas de Cuarta Categoría o por Rentas de Cuarta y Quinta Categoría no superan los S/ 34.650.
Sunat: Algunas consideraciones
- Puedes llegar a realizar este trámite en cualquier momento del año y la suspensión será válida desde el día siguiente de su generación hasta el 31 de diciembre de ese mismo año.
- Tendrás que hacer el trámite de forma presencial si tu solicitud fue rechazada por superar el monto de S/ 43.313.00 o S/ 34.650.00. Esto podría suceder si Sunat no consideró ingresos, saldos a favor, pagos a cuenta o retenciones declaradas, de igual forma las declaraciones juradas originales o rectificatorias presentadas. Ante tal situación, puedes volver a presentar la solicitud dentro de los 30 días calendario desde la fecha del rechazo.