
El Gobierno oficializó las nuevas reglas para el uso de celulares en los colegios del país. Mediante el Decreto Supremo N.° 018-2026-MINEDU, se aprobó el reglamento de la Ley N.° 32385, que restringe el uso de teléfonos inteligentes y otros dispositivos electrónicos similares durante las actividades educativas.
La medida alcanza a instituciones y programas de Educación Básica, incluidas primaria y secundaria, así como las modalidades de Educación Básica Alternativa y Especial. Los colegios podrán establecer mecanismos para custodiar temporalmente los equipos durante la jornada escolar.
Uso de celulares en colegios: ¿cuándo podrán retener el teléfono de los estudiantes según el nuevo reglamento del Minedu?
La restricción no es absoluta. El reglamento establece cuatro excepciones en las que los escolares sí podrán utilizar sus dispositivos.
| Excepción | ¿Cuándo se permite? |
|---|---|
| Fines pedagógicos | Cuando sea necesario para actividades de aprendizaje y exista autorización |
| Barreras educativas | Para facilitar el aprendizaje de estudiantes que lo requieran |
| Salud o discapacidad | Cuando exista una necesidad específica acreditada |
| Emergencias | Ante situaciones que comprometan la seguridad, integridad o vida |
En el caso de problemas de salud, condiciones específicas o discapacidad, los padres o tutores deberán presentar la documentación correspondiente emitida por un profesional de la salud colegiado.
Para fines pedagógicos, el uso deberá contar con la autorización del director o docente responsable.
Sí. Los colegios podrán habilitar espacios exclusivos para la custodia temporal de los dispositivos durante la jornada escolar.
Sin embargo, la retención no podrá extenderse más allá del horario regular de clases. Una excepción se contempla cuando exista una inconducta grave o reiterada, caso en el que el equipo deberá ser entregado directamente a los padres de familia o tutores.
Además, la institución educativa será responsable de garantizar la conservación física del celular mientras permanezca bajo custodia.
El reglamento también establece una protección importante para los estudiantes: los colegios no podrán revisar la información personal almacenada en los dispositivos.
Las medidas correctivas por incumplir la restricción deberán estar contempladas en el reglamento interno de cada colegio.
Estas medidas deberán ser proporcionales a la falta y tener un carácter formativo y reparador. Asimismo, está prohibido aplicar castigos humillantes, discriminatorios u ofensivos contra los estudiantes.
La supervisión del cumplimiento estará a cargo de las UGEL y las Direcciones Regionales de Educación (DRE), que también deberán impulsar acciones preventivas para promover un uso seguro de la tecnología.
Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.