
¡A revisar el calendario! El próximo jueves 8 de octubre de 2026 será feriado nacional en todo el Perú por la conmemoración del Combate de Angamos, una fecha que recuerda la participación de Miguel Grau Seminario y la tripulación del monitor Huáscar durante la Guerra del Pacífico. El descanso está contemplado en el calendario oficial del Estado.
La fecha beneficia tanto a trabajadores del sector público como privado. Sin embargo, existen actividades que continuarán funcionando con normalidad, por lo que es importante conocer qué ocurre con quienes deban trabajar ese día.

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El descanso se da en conmemoración del Combate de Angamos, una fecha en honor al héroe nacional Miguel Grau Seminario. Foto: Difusión.
Los trabajadores tienen derecho a descansar durante un feriado sin que ello afecte su remuneración. Si una persona labora el 8 de octubre y su empleador no le concede un descanso sustitutorio, deberá recibir el pago por el trabajo realizado más una sobretasa del 100 %.
En términos prácticos, el cálculo equivale a:
Por ejemplo, si una jornada equivale a S/50, el valor total de ese día será de S/150. Para un trabajador mensualizado, S/50 ya forman parte de su sueldo regular y recibirá S/100 adicionales por haber trabajado el feriado sin descanso sustitutorio.
Después de septiembre, el calendario oficial contempla cinco feriados nacionales antes de terminar el año, comenzando por el 8 de octubre.
| Fecha | Día | Motivo |
|---|---|---|
| 8 de octubre | Jueves | Combate de Angamos |
| 1 de noviembre | Domingo | Día de Todos los Santos |
| 8 de diciembre | Martes | Inmaculada Concepción |
| 9 de diciembre | Miércoles | Batalla de Ayacucho |
| 25 de diciembre | Viernes | Navidad |
No. En un feriado nacional, el trabajador tiene derecho al descanso remunerado y, si trabaja sin descanso compensatorio, corresponde el pago adicional establecido por ley.
En cambio, los días no laborables suelen estar dirigidos principalmente al sector público y las horas dejadas de trabajar deben recuperarse posteriormente. En el sector privado su aplicación puede depender de un acuerdo entre trabajador y empleador.
Por ello, el 8 de octubre sí es un feriado nacional y no simplemente un día no laborable. Los trabajadores que deban prestar servicios deberán verificar si recibirán descanso sustitutorio o la compensación económica correspondiente.
Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.