¿SE ACABÓ LA FIESTA EN LIMA? Centro Histórico fija HORA LÍMITE para eventos | Podrían recibir FUERTES MULTAS
La MML estableció un nuevo límite horario para espectáculos en el Cercado y Centro Histórico de Lima. Organizadores y propietarios de locales que incumplan podrán recibir multas de hasta 5 UIT y enfrentar clausuras.
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Los conciertos, ferias y otros espectáculos que se realicen en el Cercado y Centro Histórico de Lima tendrán un nuevo límite de horario. La Municipalidad Metropolitana de Lima estableció que estas actividades deberán finalizar, como máximo, a la 1:00 a. m., aunque existe una excepción que podría permitir ampliar el horario.
La medida está contenida en la Ordenanza N.° 2854, publicada este miércoles 16 de septiembre y que regirá desde el jueves 17 de septiembre.

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| Medida | Detalle |
|---|---|
| Hora máxima | 1:00 a. m. |
| Zonas | Cercado y Centro Histórico de Lima |
| Vigencia | 17 de septiembre |
| Multa a organizadores | 5 UIT (S/27.500) |
| Multa a propietarios | 4 UIT (S/22.000) |
| Clausura | Hasta 30 días |
¿A QUÉ HORA TENDRÁN QUE TERMINAR LOS EVENTOS EN LIMA?
La nueva disposición modifica las reglas para autorizar espectáculos públicos deportivos y no deportivos, incluyendo conciertos, ferias y otras actividades.

Eventos en el Centro Histórico de Lima: deberán terminar a la 1 a. m. y estas son las multas por incumplir. Foto: Composición EP.
El límite general será la 1:00 a. m. Sin embargo, la propia ordenanza contempla que la MML pueda autorizar una extensión cuando considere que la naturaleza y contenido del espectáculo lo justifican.
La norma se aplica específicamente al Cercado y Centro Histórico. En otras zonas de Lima, los horarios continúan bajo las competencias de las respectivas municipalidades distritales.
¡OJO ORGANIZADORES! Incumplir el horario podría salir caro
La ordenanza también endurece las consecuencias para quienes continúen con una actividad después del horario autorizado.
Los organizadores que incumplan podrán recibir una multa de 5 UIT, equivalente a S/27.500 en 2026, además de la cancelación de la autorización otorgada para el evento.
Pero la sanción también puede alcanzar a los propietarios de los inmuebles donde se realicen estas actividades fuera del horario permitido. En ese caso, la multa llega a 4 UIT (S/22.000) y puede ordenarse la clausura del predio por 30 días y/o la cancelación de la autorización, cuando se genere afectación al orden público, tranquilidad o convivencia vecinal.
¿Qué pasa con las anteriores restricciones de la MML?
El nuevo límite llega después de que Indecopi declarara ilegales, en junio, otras restricciones horarias impuestas por la MML para determinados establecimientos y la venta de bebidas alcohólicas.
En aquella resolución, Indecopi señaló que la municipalidad puede establecer regulaciones, pero estas deben sustentarse en criterios objetivos y razonables.
Licenciada en Comunicación y Periodismo. Redactora de actualidad con experiencia en contenido digital, conducción y reportería. Interesada en el periodismo multiplataforma, artes y la comunicación cercana.











