
A solo unas semanas de iniciar el mes de mayo del 2026, los empleadores tienen plazo hasta el 15 del mes para realizar el pago respectivo por la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) respectivo al periodo de noviembre a abril.
Cabe resaltar que este beneficio económico funciona como un respaldo para el trabajador en caso de despido, debido a que representa una protección obligatoria a cargo del empleador. “Esto está establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 650, aprobado por el Decreto Supremo 001-97-TR”, anunció Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima.

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Según la normativa del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) los trabajadores que tienen derecho al depósito de la CTS deberán cumplir con los siguientes requisitos:

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El pago de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) se calcula de acuerdo a la forma proporcional al tiempo efectivo laborado en el semestre en base a la siguiente regla general:
Recuerda que el empleador debe efectuar el depósito en una cuenta CTS a nombre del trabajador, y en la entidad financiera que este seleccione, siempre y cuando esté autorizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).
Los trabajadores tienen plazo hasta el 31 de diciembre de 2026 para realizar el retiro de la CTS, de acuerdo a la ley vigente, sin la necesidad de cese laboral. Mediante esta disposición no se altera la obligación del empleador de realizar el depósito dentro del plazo estimado.
Periodista especializada en ciencia, tecnología y salud. Bachiller en Periodismo de la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactora en El Popular, interesada en temas relacionados con estudios científicos, eventos astronómicos, hallazgos y más.