
¡Atención! La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) ha publicado la Resolución N.° 0814-2025, que introduce un reglamento oficial destinado a las billeteras digitales y aplicaciones bancarias. Esta normativa busca optimizar las operaciones en caso de fallas en el sistema, garantizando así la protección de los clientes y minimizando inconvenientes. Sin embargo, aquellas entidades que incumplan con la medida podrían recibir una fuerte sanción. En la siguiente nota, te contamos todos los detalles.

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De acuerdo a la medida publicada por la SBS, se ha dispuesto que las entidades bancarias deben restablecer sus servicios en un plazo que oscila entre 3 y 5 horas. Esta medida busca minimizar el impacto de cualquier inconveniente en la experiencia de los usuarios, garantizando así una atención más eficiente y oportuna.
Esto quiere decir la medida detalla que el tiempo se aplicará bajo el tamaño de la entidad. Esto quiere decir que si es más de tres horas continuas o acumuladas entre las 6:00 p.m. y las 10:00 p.m., mientras que paras empresas con concentración de mercado; y cinco horas para las demás. Los servicios que deben ser protegidos son transferencias bancarias, pago a proveedores, pago de planillas empresariales y pagos interoperables.
Sin embargo, esta medida entrará en vigencia desde el 1 de junio del presente año, para empresas con mayor concentración del mercado. Mientras que desde el 1 de enero se aplicará para el Banco de la Nación y el resto de entidades financieras.

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Periodista especializado en actualidad, vida y deportes. Bachiller en Periodismo en la Universidad Jaime Bausate y Meza. Redactor en El Popular. Interesado en temas relacionados como economía, coyuntura nacional e internacional, trucos caseros y educación.