
Cuando un banco vende una deuda, lo primero que debe hacer el titular es identificar al nuevo acreedor. La venta de una deuda, conocida como cesión de créditos, es completamente legal y no da lugar a derechos de demanda por parte del deudor.
La cesión de créditos es una práctica común en la actualidad. Las entidades financieras venden carteras de deudas difíciles de cobrar a otras empresas, como bancos, agencias de recobro o fondos de inversión, por un precio inferior al valor total de las deudas. Esto les permite obtener liquidez y deshacerse del esfuerzo de gestionar el cobro.
Por otro lado, las empresas que compran estas deudas buscan obtener beneficios al cobrar a los deudores, incluso recurriendo a vías judiciales si es necesario. Su principal interés radica en recuperar más dinero del que pagaron por adquirir la cartera de deudas.
Una vez vendida la deuda, el nuevo acreedor asume el derecho de cobro. Estas empresas suelen ser insistentes, utilizando diversas estrategias para recuperar el monto adeudado, ya que su modelo de negocio se basa en ello.
El banco no necesita el consentimiento del deudor para vender una deuda, según lo establecido por la Sentencia del Tribunal Supremo de España del 28 de noviembre de 2013. Una vez que el banco y la entidad compradora acuerdan la cesión, esta se perfecciona sin necesidad de notificar al deudor de forma previa.
En algunos casos, el banco comunica la venta al deudor mediante una notificación formal. Sin embargo, en otros, el deudor se entera directamente por el nuevo acreedor.
Cuando la deuda pasa a manos de empresas especializadas en recobro, es común que estas recurran a prácticas agresivas, como acoso telefónico constante o amenazas, para lograr el pago.
Una opción legal para poner fin a esta situación es acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad, la cual permite eliminar hasta el 100% de las deudas demostrando incapacidad de pago. Este proceso debe ser llevado a cabo con el apoyo de profesionales legales para garantizar el éxito y evitar más inconvenientes.