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Perú y Japón: conoce quiénes pueden acceder al país asiático sin visa

No se descartó que el acuerdo podría abrir puertas para que a futuro los turistas también sean exonerados.

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Perú y Japón lograron importante acuerdo luego de reunión en Foro APEC | El Popular | Andina

Viajar a Japón ya no será tan laborioso a la hora de realizar trámites para un grupo de ciudadanos peruanos, y es que se conoció que, tras las reuniones entre los líderes de Perú y Japón en el Foro APEC, se acordó el ingreso de ciudadanos peruanos al país asiático sin visa, sin embargo, esto solo será posible para tres grupos específicos. A continuación, te contamos al respecto.

Viceministra de Comercio Exterior confirma el acuerdo

La viceministra de Comercio Exterior, Teresa Mera, reveló que el beneficio pudo concretarse luego de las reuniones que sostuvieron ambos países en el Foro APEC 2024. Aclaró que el acuerdo de exención de visas con Japón es por tres años y beneficiará a diplomáticos, negociantes y una categoría adicional, que informarán en las próximas horas. Además, sostuvo que este entendimiento forma parte de un plan piloto.

El acuerdo podría ser un primer paso para la exoneración a turistas

Si bien es cierto, la viceministra Mera descartó que el acuerdo beneficie a los turistas peruanos, indicó que “si este piloto funciona de maravillas, puede ser un antecedente para que se pueda solicitar la exención de visa para turistas en tres años”.

¿Cómo puedo tramitar la visa temporal de turismo para Japón?

En caso estés pensando en viajar a Japón, debes tener en cuenta tener estos documentos para tramitar la visa temporal de turismo:

  • Pasaporte Peruano vigente. Presentar también pasaporte anterior en caso de haber obtenido visa antes o haber estado en Japón.
  • Solicitud de Visado de Entrada en Japón, original.
  • Una fotografía tamaño pasaporte, reciente y de frente.
  • Itinerario de vuelos (barco/crucero) que planea utilizar, con fechas de ingreso y salida del Japón.
  • Documento de identidad (DNI o Carnet de extranjería), fotocopia.
  • Programa de Actividades. Debe indicar las actividades programadas, alojamiento y contacto.
  • Documentos que demuestren la solvencia económica para costear los gastos de viaje.
  • Reporte de Rentas y Retenciones de SUNAT del último año, Certificado de Rentas y Retenciones de Quinta Categoría del último año, expedido por el empleador, o documento similar.
  • En caso de ser profesional independiente o tener negocio propio, presentar la última Declaración Pago Anual Impuesto a la Renta; y/o
  • Movimiento de cuenta bancaria donde figure el saldo actual, original. ​

En caso de que el solicitante no costee sus gastos de viaje:

Presentar una Carta de Garantía, junto a los documentos de solvencia económica y copia de documento de identidad de ambas caras de la persona que costea los gastos.

Para mayores detalles puede ingresar a la página web de la Embajada de Japón en Perú en este ENLACE.

SOBRE EL AUTOR:

Egresado de la carrera de Ciencias de la Comunicación por la Universidad Tecnológica del Perú, especializado en temas de actualidad y mundo. Redactor web en El Popular. Interesado en temas de coyuntura a nivel nacional y mundial.