¡Toma nota! En el marco de las celebraciones por Navidad, muchos trabajadores se preguntan si habrá otro feriado aparte del domingo 25 de diciembre. Pues la respuesta es no, sin embargo, hay días no laborables decretados por el Gobierno. Esto con el objetivo de que las personas se tomen un feriado largo y puedan disfrutar más momentos en familia.
¿Sabes cuáles son esos días no laborables? Pues en la siguiente nota que hemos preparado para ti, te damos a conocer cuáles son esos días de los que podrás disfrutar más en familia y descansar.
De acuerdo a lo informado por el Gobierno a través del Decreto Supremo 033-2022-PCM, el cual fue firmado por el vacado presidente, Pedro Castillo, el día no laborable es el lunes 26 de diciembre. Vale decir que, la medida aplica para los trabajadores del sector público y deberá des compensada en los próximo diez días hábiles que la entidad pública disponga.
En relación, con el sector privado podrán acogerse a dicho Decreto, siempre y cuando haya un previo acuerdo entre el empleador y sus trabajadores, quienes deberán establecer la forma como se hará efectiva la recuperación de las horas dejadas de laborar, según se lee en el texto.
Hasta el momento, no hay pronunciamiento oficial por parte de las autoridades, sobre si este viernes es día no laborable. Por lo que, se trabajará con normalidad en el sector público.
Los denominados feriados son aquellos que se establecen de acuerdo al Decreto Legislativo 713, junto a otros feriados como Semana Santa, Día del Trabajo y Fiestas Patrias, los cuales pueden ser remunerados o en todo caso día libre, según lo decida el empleador.
Con respecto, a los días no laborables son establecidos por el Ejecutivo a través de un decreto supremo cada año con el objetivo de fomentar el turismo interno y establecer un “feriado largo”. Este aplica solo para los trabajadores del sector público, pero con el compromiso de que las horas no laboradas sean compensadas en los días siguientes.
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El día no laborable es decretado por el Gobierno de turno y está dirigido al sector público. Sin embargo, no tiene pago doble si el colaborador decide laborar. Con respecto al sector privado, el empleador decidirá si sus trabajadores laboran o no. Ahora, en el caso de que sea feriado calendario y los trabajadores laboren con normalidad, recibirán un pago extra.
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