Nos encontramos a pocos días que se realice el pago de la tan esperada Compensación por Tiempo de Servicios (CTS). El 15 de noviembre es la fecha límite para que las empresas efectúen el segundo depósito del año de la CTS. En esta nota te damos a conocer si puedes retirar el dinero y a quiénes les corresponde.
El empleador debe depositar la CTS al empleador en dos partes de 50% cada una, que sería en mayo y noviembre. En promedio, esta compensación equivale a una remuneración anual.
La Compensación de Tiempo de Servicios (CTS) es un beneficio social que tiene como finalidad proteger al trabajador de cualquier tipo de contingencias que puedan generarse como consecuencia del cese de las labores. La CTS está regulada con un Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, que fue aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR , y en su reglamento, Decreto Supremo Nº 004-97-TR.
Sí se puede retirar la CTS que te depositan en noviembre, los trabajadores pueden retirar el 100% de su fondo de Compensación por Tiempo de Servicios, conforme a una norma que ha sido aprobada por el gobierno y cuya vigencia se establece desde el mes de junio.
Por medio del Diario Oficial El Peruano, el ejecutivo publicó el DS Nº 011-2022-TR que les permite a los trabajadores, por una vez hasta el 31 de diciembre del 2023, de disponer de forma libre del 100% de los depósitos por compensación por tiempo de servicios ejecutados en las instituciones financieras y que tengan reunido a la fecha correspondiente.
La operación se realiza de la siguiente forma:
El dinero estará disponible hasta el 31 de diciembre de 2023, por ende, podrás retirar en los futuros depósitos que se efectúen en 2022 y 2023. La CTS en promedio, equivale a una remuneración anual, esta debe ser depositada por el empleador en favor del trabajador en dos partes de 50% (mayo y noviembre).
Este beneficio lo tienen los trabajadores que se encuentran en el sistema formal, en cambio, lo que no están en esta modalidad, no cuentan con este pago.
Entre las personas beneficiadas, están los trabajadores del regimen privado, que realizan sus labores en promedio una jornada mínima diaria de cuatro horas. Además, incluye a los trabajadores de pequeñas empresas, trabajadoras del hogar, del sector agrario, entre otros.
En caso que la empresa no deposite la CTS en el plazo que se ha establecido, la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) lo considera una infracción grave. Por consiguiente, la multa que tendría que pagar mes de S/6 908 y S/114 928, esto dependerá del número de trabajadores que se han visto afectados.
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