La Sala de Derecho Constitucional y Social Permanente de la Corte Suprema publica ejecutoria que aprueba sentencia emitida por 11° Juzgado Constitucional de Lima, la cual declaró fundado en parte proceso de amparo seguido por Ana Estrada quien solicita “morir con dignidad”, asi lo dió a conocer el Poder Judicial en su cuenta de Twitter.
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En ese sentido, el Tribunal supremo refiere que solo en el caso concreto de Ana Estrada el personal médico y sanitario no será procesado penal, civil ni administrativamente, tal como lo establece el artículo 112 del Código Penal que tipifica el delito de homicidio piadoso.
Como se sabe, Ana Estrada sufre de polimiositis, que es una enfermedad degenerativa e incurable que la viene acompañando desde que tiene 12 años de edad. Por ello, se dispuso de que pueda ponerle fin a su vida cuando los dolores procedentes de su enfermedad se vuelvan intolerables.
Cabe resaltar que previo a la fecha pactada para la eutanasia, deberá haberse pactado la visita de diferentes representantes de diferentes doctrinas comprensivas del bien, opuestas a la realización de la muerte digna.
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