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Fiestas Patrias: ¿Cómo saber si soy beneficiario de la gratificación?

Además, te decimos hasta cuándo la empresa tiene plazo para depositarte y que hacer si no lo hace a tiempo o de manera completa.

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Conoce quiénes recibirán la Gratificación por Fiestas Patrias. | Juan Ayala Rodriguez | GLR

¡Atención, trabajadores! La gratificación es un beneficio económico que otorgan las empresas a sus trabajadores que se encuentran en planilla, equivale a un sueldo completo y se paga dos veces al año en julio y diciembre. Sin embargo, muchos desconocen si lo recibirán y en esta nota te lo decimos.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informó que los trabajadores que laboran en una empresa privada recibirán en julio un sueldo íntegro por concepto de gratificaciones y también una bonificación extraordinaria del 9% sobre ese beneficio.

Cabe resaltar que este beneficio económico por Fiestas Patrias lo recibirán todos los trabajadores que estén sujetos al régimen de la actividad privada, cualquiera que sea su modalidad contractual. Sin embargo, un requisito que deben cumplir es haber laborado por lo menos un mes en los seis meses comprendidos entre el 1 de enero del 2021 y el 30 de junio del 2021.

Los trabajadores de las pequeñas empresas, contratados después de que se han inscrito en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (Remype), percibirán medio sueldo de gratificación. Asimismo, los colaboradores de microempresas y trabajadores del hogar.

Asimismo, los empleados del sector privado que recibirán la gratificación por Fiestas Patrias deben de saber que, como plazo máximo, pueden depositarlo hasta el 15 de julio.

“La gratificación y la bonificación extraordinaria del 9% deben de pagarse hasta el jueves 15 de julio 2021, siempre que el trabajador haya laborado el semestre completo de enero a junio de 2021; además, ambos conceptos deben figurar en la planilla electrónica del presente mes”, indicó Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la CCL.

Grati 2021: ¿Quiénes no recibirán el beneficio y por qué?

No todos los trabajadores realizan el cobro de este beneficio como es el caso de los que por convenio con la empresa para una “Remuneración anual integral”, ellos reciben la gratificación y la CTS incluidas en la remuneración integral anual acordada con el empleador.

Tampoco cobrarán este beneficio aquellos los trabajadores de microempresas que fueron contratados después que la microempresa se inscribiera en el Remype.

SOBRE EL AUTOR:

Somos el equipo de actualidad de El Popular y tenemos las últimas noticias sobre el Gobierno de Pedro Castillo, el anuncio de nuevos bonos y cubrimos acontecimientos policiales de Lima y a nivel nacional.