Los trabajadores del sector privado o público que laboren el día 1 de mayo, feriado por el día del trabajo, sin descanso sustitutorio posterior, percibirán un monto equivalente a una triple remuneración. Recuerda que en el caso de que hayas hecho un acuerdo con tu empleador no recibirás la remuneración. En esta nota podrás saber más detalles.
Cabe indicar que para que se cumpla este derecho del pago de la triple remuneración se puede presentar distintas situaciones. Conoce también cuáles son los días no laborales y festivos de lo que resta del año.
Según el gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Víctor Zavala, quienes laboren el sábado 1 de mayo, día del trabajo, recibirán un monto equivalente a tres remuneraciones de su jornada. Debido a que ese día es feriado nacional para los trabajadores del sector público y privado.
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